El Congreso de los Diputados decide este miércoles si convalida los tres reales decretos-leyes con medidas anticrisis aprobados el pasado diciembre por el Consejo de Ministros.
Es la primera prueba de fuego para el Gobierno, que tiene en el aire la convalidación debido a las aparentes reticencias de Junts.
Un eventual fracaso en la ratificación parlamentaria de los decretos-leyes supondría un duro revés político cuando no han transcurrido ni dos meses desde la investidura de Pedro Sánchez.
En el supuesto de que todos o alguno de los reales decretos-leyes no fueran convalidados, la consecuencia inmediata es que cesan automáticamente sus efectos y el decreto-ley desaparece del ordenamiento.
No obstante, no se anulan los efectos producidos durante su vigencia. Por ejemplo, el IVA rebajado de algunos alimentos regirá hasta el momento en que fracase la convalidación del decreto-ley que introdujo esta medida. Y será valida la eliminación de las comisiones por retirada de efectivo en ventanilla para mayores de 65 años y personas discapacitadas hasta que el decreto-ley sea expulsado del ordenamiento por falta de convalidación.
En el caso de que el resultado de la votación fuera negativo, el Gobierno podría volver a aprobar el decreto-ley con el mismo o con otro contenido. Entonces debería volver a someterlo de nuevo a la convalidación de la Cámara Baja.
El Ejecutivo podría, incluso, dar carácter retroactivo a algunas de las medidas, siempre y cuando no se trate de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.
Por ejemplo, en la hipótesis de una reedición del real decreto-ley por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, podría acordarse el carácter retroactivo de la revalorización de las pensiones. Pero no podría darse retroactividad al impuesto a las grandes fortunas, que se pretende prorrogar de manera indefinida.
¿Qué es un decreto-ley?
El decreto-ley es uno de los dos supuestos constitucionales en que el Gobierno puede dictar normas con fuerza de ley (el otro es el decreto legislativo, en el que el Ejecutivo ejerce la facultad de legislar por delegación de las Cortes).
El decreto-ley requiere, como presupuesto habilitante, la existencia de una "extraordinaria y urgente necesidad" apreciada por el Gobierno, que debe justificarla.
De acuerdo con el artículo 86 de la Constitución, el objeto del decreto-ley no puede afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado; ni a los derechos y deberes fundamentales; ni al régimen de las comunidades autónomas ni al Derecho electoral general.
Dado su carácter de norma provisional, el decreto-ley debe ser sometido a debate y votación de totalidad en el Congreso de los Diputados en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación.
"Esta triple delimitación del decreto-ley deriva de su carácter de excepción a la potestad legislativa de las Cortes y, por ende, al principio de separación de poderes", destaca en la web del Congreso la catedrática de Derecho Constitucional y letrada de Cortes Piedad García-Escudero en la sinopsis del artículo 86 de la Constitución.
¿Cómo se convalida?
La convalidación corresponde exclusivamente al Congreso de los Diputados y requiere la mayoría simple (más síes que noes).
El Senado no interviene en la convalidación.
La votación debe hacerse sobre la totalidad de cada uno de los decretos-leyes, sin que quepa introducir modificaciones en este momento.
Una vez convalidado, el Congreso puede acordar la tramitación del decreto-ley como proyecto de ley. Esta es la vía que el Gobierno ha ofrecido a Junts para incorporar, a posteriori, sus enmiendas.
Durante la pasada legislatura, el Gobierno de Sánchez llevó a la Cámara 97 decretos leyes, 96 de los cuales fueron convalidados y uno, derogado. 54 de ellos iniciaron su tramitación como proyectos de ley.
TC: del reproche al aval
Sánchez es el presidente del Gobierno que más ha recurrido a esta técnica y ha sido reprendido por ello por el Tribunal Constitucional, que le ha advertido de que no puede abusar de esa vía.
El 13 de mayo de 2021 el TC tumbó dos reales decretos-leyes, uno sobre la composición de la comisión delegada del Gobierno para asuntos de inteligencia y otro sobre la regulación del traspaso del régimen de clases pasivas al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En el segundo caso, no obstante, aplazó los efectos de la nulidad hasta el 1 de enero de 2022 con el fin de que los legisladores pudieran aprobar los cambios que estimases convenientes sin que, mientras tanto, se produjese ningún perjuicio o inconveniente en la gestión de las pensiones.
Tras el cambio del TC a una mayoría progresista, Sánchez ha dejado de tener problemas para la apreciación de la "extraordinaria y urgente necesidad" de los decretos-leyes impugnados por la oposición.
El sector conservador del Constitucional ha seguido, no obstante, insistiendo en que la utilización del decreto-ley debe ser excepcional, porque "incide en el concepto de separación de poderes, en tanto que comporta un riesgo de marginación del titular de la potestad legislativa en la medida en que imposibilita que los representantes populares puedan debatir, modificar y en su caso aprobar medidas supuestamente urgentes, y desplaza al poder legislativo con grave afectación del principio democrático".