Disturbios en Barcelona el 18 de octubre de 2019./

Disturbios en Barcelona el 18 de octubre de 2019./ Efe

Tribunales

El juez de Tsunami dice que Puigdemont "asumió" que hubiera muertos, lo que no sería amnistiable

Se reafirma en investigar la responsabilidad de las graves lesiones causadas a dos policías y recuerda que el propio Sánchez fue a visitarles al hospital.

25 enero, 2024 14:46

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha rechazado, en una resolución conocida hoy, el intento de una investigada en el 'caso Tsunami Democràtic' de expulsar del procedimiento a dos policías nacionales que resultaron gravemente lesionados en los incidentes ocurridos en Barcelona el 18 de octubre de 2019 en protesta por la sentencia del 'procés'.

La convocatoria fue hecha por el movimiento Tsunami Democràtic y se tradujo en serios altercados, especialmente en la plaza Urquinaona y en Vía Laietana .

En Urquinaona, un agente recibió un fuerte impacto en su mano mientras formaba parte del operativo que trataba de contener a los manifestantes. Sufrió una grave fractura abierta en el radio de su brazo derecho con desplazamiento. Tuvo que ser intervenido quirúrgicamente varias veces y acabó siendo jubilado en la Policía con 45 años de edad al no reunir las condiciones físicas necesarias a consecuencia de esa lesión.

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El segundo agente tuvo que ser ingresado en la UCI tras recibir un fuerte golpe en la parte superior del casco reglamentario provocado por un objeto contundente arrojado los participantes en los altercados. El objeto rompió el casco y el policía se desplomó, inconsciente, con un traumatismo cráneo-encefálico, entre otras lesiones.

Tsunami Democràtic "fue una organización estructurada, con roles definidos, y vocación de permanencia, organización a la que se imputa la comisión de acciones de naturaleza terrorista", insiste García-Castellón, que rechaza que se trate de una causa general.

"Generar un ámbito de impunidad"

La investigación incluye, entre otros hechos, los disturbios de Barcelona, "y no puede afirmarse que con ello se esté efectuando una investigación prospectiva, salvo que tal afirmación se dirija a generar un ámbito de impunidad incompatible con nuestra justicia penal", afirma.

El juez sostiene que "no es gratuita" la imputación a Tsunami Democràtic del resultado material de las lesiones y de los daños causados.

"Por el contrario", añade, esa imputación "se ve reforzada por la consciencia que desde la organización se tenía del peligro que podía suponer la tensión a la que transmitía la organización en la calle en esos momentos".

En este sentido, García-Castellón se refiere a las conversaciones que mantuvo ese mismo 18 de octubre y los días siguientes el expresidente catalán, prófugo en Bélgica, Carles Puigdemont y el empresario Josep Campmajó, al que el juez sitúa en la dirección de Tsunami.

En esas conversaciones "se hace alusión directa a la plataforma Tsunami Democràtic como herramienta para la consecución de la independencia" de Cataluña, recuerda el juez.

"La relación de confianza entre ambos interlocutores se pone de manifiesto ya que Campmajò discute sin filtro formal con Puigdemont sobre la actitud que están teniendo los dirigentes políticos catalanes con relación a la publicación de la sentencia del procés", señala.

"El problema, que haya un muerto"

Campmajò dice: “Ayer estuve nuevamente en primera línea. Tanto en BCN como en GRN. Mi gente bien distribuida".

Y añade “o tú [Puigdemont] y Tsunami tomáis el control o tendremos que comenzar a gestionar el precio de las bajas".

Puigdemont responde: “Intentamos que el Gobierno se ponga las pilas".

A lo que señala Campmajó: “President, los diputados están cagados. La gente les pasa por encima. El Govern está acojonado…". “Cierto. Y eso no es bueno", dice el expresidente catalán.

"Se han abierto tantas rendijas que hace aguas", prosigue Campmajò. "En la calle todo son facciones. Reflejo de lo que pasa en el Gobierno. Sé que las imágenes no ayudan a tu petición de extradición. Nada. Aunque es la p… realidad. La realidad no son los informes de los mossos, ni de interior, ni del que está espantado".

"La imagen exterior no es tan dramática como se ve en el interior", contesta Puigdemont. "De momento, la opinión generalizada es que hay una reacción de indignación por unas sentencias escandalosas y que los disturbios son importantes pero que no alejan de lo que son ahora las protestas en las grandes ciudades del planeta. El problema puede venir si hay algún muerto, da igual de qué lado. Eso sería muy duro, y confirmará lo que yo siempre he dicho y que me llevó a decidir ir al exilio: perderemos".

García-Castellón hace un extenso estudio del dolo o intención de cometer un delito y de la responsabilidad de los resultados de las infracciones penales. Este es un aspecto relevante que ha llevado al PSOE a atender las exigencias de ERC y Junts para que la futura ley de amnistía cubra la imputación de delitos de terrorismo a los responsables del 'procés'.

Intención de delinquir y resultado

La Comisión de Justicia del Congreso acordó el martes introducir enmiendas que solo dejan fuera de la amnistía los delitos de terrorismo que se cometan con la "intención directa" de causar "violaciones graves de derechos humanos", en particular las previstas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos. Esos preceptos se refieren al derecho a la vida y a la prohibición de las torturas.

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El juez recuerda que "se estima que obra con dolo [intención] quien, conociendo que genera un peligro concreto jurídicamente desaprobado, no obstante actúa y continúa realizando la conducta que somete a la víctima a riesgos que el agente [el autor del delito] no  tiene la seguridad de poder controlar y aunque no persiga directamente la causación del resultado", sabiendo que "hay un elevado índice de probabilidad de que se produzca", recuerda García-Castellón.

García-Castellón se basa en la asentada doctrina de que "el conocimiento del peligro propio de una acción que supera el límite de riesgo permitido es suficiente para acreditar el carácter doloso del comportamiento, al permitir admitir el dolo cuando el autor somete a la víctima a situaciones que no tiene seguridad de controlar, aunque no persigue el resultado delictivo".

Trasladada esa doctrina al 'caso Tsunami', el instructor afirma la existencia de "una organización en la que todos los miembros asumen el riesgo de los resultados que se pueden ocasionar como consecuencia de las acciones que impulsan acometer".

Tsunami "no fue un 'invitado' de piedra a las movilizaciones que sacudieron diferentes ciudades de la comunidad autónoma de Cataluña y que tuvieron como uno de sus escenarios más cruentos los hechos que se desencadenaron en la Vía Laietana y en la Plaza Urquinaona de Barcelona", sostiene, recordando que ese movimiento convocó una "huelga" para "bloquear el país" por la condena de 'procés'.

"Fue precisamente bajo la cobertura de esta 'huelga' cuando produjeron alteraciones graves de la paz social y del orden público", señala García-Castellón.

Aunque la defensa de la investigada Marta Molina trata de desplazar la responsabilidad de los disturbios a los Comités de Defensa de la República, el instructor responde que, incluso si los CDR hubieran intervenido, ello no serviría para "eximir de responsabilidad alguna a Tsunami Democràtic, como si la presencia de unos desplazase totalmente la responsabilidad de otros".

"Los indicios apuntan a una participación de Tsunami Democràtic en los hechos acaecidos aquel día, y resulta en este sentido especialmente llamativa, como indicio incriminador, la conversación mantenida entre Carles Puigdemont Casamajó, a quien este instructor sitúa en el vértice más alto de la organización, y el investigado Josep Campmajó", insiste.

Para el juez, la afirmación de Puigdemont de que "el problema puede venir si hay algún muerto, da igual de qué lado" significa que el expresidente catalán "parece asumir la posibilidad de que pudieran haberse producido víctimas mortales, y su capacidad, en tanto que ostentaba el dominio de la acción, para frenar esta posibilidad".

García-Castellón indica que al no haberse oído aún a los perjudicados ni haberse realizado informes forenses "no se puede inferir si por el tipo de objeto arrojado, el lugar en el que se recibió el impacto, la posición del agresor o cualquier otra circunstancia periférica concurrente podría apreciarse un ánimo de lesionar u homicida".

"Lo que sí está claro es que el resultado de esta acción fueron unas lesiones muy graves, un resultado lesivo que la instrucción debe indagar si resulta objetivamente imputable a la acción de Tsunami Democràtic y sus organizadores", concluye.

La visita de Sánchez 

El juez recuerda que "la gravedad de esta acción, la repercusión pública que tuvo y el notorio interés mediático que motivó la hospitalización de los agentes lesionados llevó incluso a que el presidente del Gobierno en funciones en aquel momento, acompañado del ministro del Interior, acudiera a visitarles al hospital donde permanecían ingresados".

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"No estáis solos, hay muchísima gente detrás vuestra. Es verdad que la crisis no ha acabado y tenemos que persistir. Ellos probablemente quieran persistir y cronificar esta crisis. Nosotros somos mucho más persistentes, mucho más cabezotas", les dijo el entonces presidente del Gobierno en funciones, que estuvo acompañado del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.

Para el juez García-Castellón, "no puede minimizarse esta acción ni el resultado grave que ocasionó".

Un resultado "incompatible con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el art. 15 de la CE, y el art 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y del que podrían ser partícipes los investigados".

El instructor de Tsunami pone, así, el foco en violaciones de derechos humanos que, conforme a la actual redacción de la proposición de ley, no estarían cubiertos por la amnistía, pese a los sucesivos intentos de enmendar la norma para blindar a Puigdemont.