La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde./

La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde./ Efe

Tribunales

La fiscal encargada de la querella del novio de Ayuso obliga a convocar a la Junta de Fiscales de Sala

María de la O Silva discrepa de la orden de pedir el archivo y opina que "la posibilidad de comisión delictiva" por parte de los dos fiscales querellados "no es totalmente descartable". 

22 abril, 2024 16:43

La posición de la Fiscalía sobre la admisión o no de la querella interpuesta por la pareja de Isabel Díaz Ayuso contra la fiscal jefa de Madrid será decidida por la Junta de Fiscales de Sala, el máximo órgano técnico-jurídico del Ministerio Público.

La convocatoria para el próximo miércoles del generalato de la carrera fiscal es obligada después de la fiscal del Tribunal Superior de Madrid María de la O Silva, encargada del caso por turno de reparto, haya invocado el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para oponerse a la orden que le dio la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, de pedir la inadmisión de la querella presentada por Alberto González Amador.

La pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid se ha querellado por una presunta revelación de secretos contra Pilar Rodríguez, fiscal jefa de Madrid, y contra el fiscal de delitos económicos Julián Salto, autor de la denuncia del Ministerio Público contra González Amador por presuntos delitos fiscales.

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La admisión o no de la querella corresponde al Tribunal Superior de Madrid (TSJM), que ha ampliado el plazo para que el Ministerio Público se pronuncie sobre la apertura de un proceso penal a Rodríguez y Salto. La ampliación ha sido pedida por la propia Fiscalía a la vista de las discrepancias surgidas.

El punto central de la querella de González Amador es una nota informativa difundida por la Fiscalía Provincial de Madrid el pasado 14 de marzo con el fin de salir al paso de informaciones falsas de algunos medios, según los cuales la Fiscalía había ofrecido un acuerdo de conformidad penal a la pareja de Díaz Ayuso y luego lo había retirado "por órdenes de arriba" con el fin de llevarle a juicio.

La nota contenía una relación cronológica de las comunicaciones intercambiadas entre el abogado de González Amador y el fiscal Salto, con datos ya difundidos previamente por distintos medios de comunicación.

Comienzo de la 'Nota informativa' de la Fiscalía Provincial de Madrid, objeto de la querella de Alberto González Amador./

Comienzo de la 'Nota informativa' de la Fiscalía Provincial de Madrid, objeto de la querella de Alberto González Amador./ E.E.

La querella se refiere, además, a la publicación de datos procedentes de la investigación administrativa realizada a González Amador por la Agencia Tributaria. Pero fuentes jurídicas coinciden en que esta parte de la querella es más endeble. De un lado, no aporta indicios de que la presunta revelación sea atribuible a los dos fiscales querellados y, de otro, esos datos han estado en poder de distintos organismos, empezando por la Administración Tributaria.

El pasado día 15, la teniente fiscal del Tribunal Supremo -que interviene en este asunto tras la abstención del fiscal general, Álvaro García Ortiz- ordenó a María de la O Silva que pidiera la inadmisión de la querella. La orden fue dada por escrito dos días después.

Sánchez Conde argumentó que, a su juicio y el de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General, la difusión de la nota informativa no constituyó una revelación de secretos ni ningún otro delito, sino el ejercicio del derecho constitucional de información ante la difusión de noticias falsas que ponían en cuestión la actuación del Ministerio Público.

Invocó, además, el principio de unidad de actuación, dado que la Fiscalía ya se había pronunciado en ese sentido en un recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid de remitir al TSJM una denuncia interpuesta por el decano del Colegio de Abogados de Madrid por la difusión de la misma nota informativa del 14 de marzo.

Escrito de la fiscal Silva

La fiscal encargada de despachar la querella, sin embargo, ha enviado este lunes a la Fiscalía General un escrito de ocho folios en el que discrepa de la orden de Sánchez Conde al amparo del artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Este precepto establece que el fiscal que reciba una orden "que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo estime improcedente" lo hará saber así, mediante un informe razonado, a su superior.

Si éste no admite las razones alegadas, resolverá oyendo previamente a la Junta de Fiscalía. Si la orden procede del fiscal general -en este caso, su número dos, que le sustituye- éste resolverá oyendo a la Junta de Fiscales de Sala.

El teniente fiscal del TSJM, Carlos Ruiz de Alegría, hace constar en el oficio remisorio del escrito de Silva que "asumo íntegramente todos los razonamientos y fundamentos en los que se basa el informe" de la fiscal.

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Silva afirma que la orden de la número dos de la Fiscalía General "es contraria" a la misión asignada al Ministerio Público y "conculca los principios de legalidad e imparcialidad".

La fiscal defiende que, antes de pedir al TSJM la admisión o inadmisión de la querella del novio de Ayuso, es preciso que el Tribunal reclame a la propia Fiscalía el "testimonio íntegro de todas las comunicaciones, correos y otros documentos" (sic) intercambiados entre los dos fiscales querellados con la Fiscalía General del Estado y con la Fiscalía Superior de Madrid en relación a la nota informativa del 14 de marzo.

Según Silva, es preciso "esclarecer la intervención de los querellados" en los hechos denunciados en aras a "buscar la verdad material antes de pronunciarme sobre la naturaleza penal de los hechos y la posible admisión de la querella (...), estimando que la práctica de esas diligencias implicaban una mayor garantía para los derechos de los querellados".

En una reunión celebrada con Silva el pasado 15 de abril, Sánchez Conde consideró innecesaria la diligencia propuesta por la fiscal dado que, a su juicio, los hechos objeto de la querella son en todo caso atípicos penalmente, por lo que la diligencia propuesta solo serviría para sacar a la luz comunicaciones internas que tienen su sentido y contexto en el proceso de formación del criterio sobre la nota que era preciso difundir.

La diligencia planteada por Silva, de hecho, ha sido propuesta por el propio González Amador pero para la fase de instrucción (esto es, una vez admitida a trámite la querella) ya que propiamente una diligencia de investigación.

Para Silva, sin embargo, "si no se admite la práctica de las diligencias solicitadas, lo que no es posible es la inadmisión a limine [de entrada] de la querella y el directo archivo de las actuaciones, dado que la posibilidad de comisión delictiva no es totalmente descartable".

"Sería difícil de explicar, resultando una decisión precipitada, que antes de dar comienzo a la investigación de los hechos y de la práctica de las diligencias de investigación que resulten precisas para el completo esclarecimiento de los mismos, se emita un informe de inadmisión por estimar que las conductas denunciadas y expuestas en la querella son atípicas", afirma.

Convocatoria excepcional

Sánchez Conde ya ha convocado a los fiscales de Sala de una reunión que tendrá lugar dentro de 48 horas.

No es inédita la convocatoria de la cúpula de la Fiscalía ante la discrepancia de órganos inferiores en asuntos jurisdiccionales concretos, pero sí ocurre rara vez.

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El fiscal general Eduardo Torres-Dulce convocó a los fiscales de Sala en noviembre de 2014 ante la oposición de la Fiscalía Superior de Cataluña de presentar una querella contra el presidente catalán Artur Mas por la consulta ilegal del 9-N. La cúpula del Ministerio Público respaldó a Torres-Dulce y la querella se presentó, dando lugar a un proceso en el que Mas fue condenado.

La Junta de Fiscales de Sala también fue convocada por el fiscal general Jesús Cardenal en julio de 2001 y rechazó solicitar la declaración como imputado del entonces ministro de Asuntos Exteriores, Josep Piqué, por su anterior papel como alto directivo del grupo químico Ercros.