El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, junto a Félix Bolaños el pasado 19 de julio.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, junto a Félix Bolaños el pasado 19 de julio. Reuters

Tribunales

El TS vuelve a desautorizar a García Ortiz: anula el nombramiento de la fiscal de la Sala Militar

La Sala de lo Contencioso-Administrativo declara, por unanimidad, que el fiscal general ha cumplido mal la sentencia que anuló el nombramiento de Dolores Delgado para la Fiscalía Togada.

24 julio, 2024 13:55

Nuevo varapalo del Tribunal Supremo al fiscal general, Álvaro García Ortiz, por sus decisiones en materia de nombramientos de la cúpula fiscal.

En una decisión unánime, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha declarado nula la ejecución por el fiscal general  de la sentencia que el pasado 21 de noviembre anuló el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo. El TS apreció que García Ortiz incurrió en desviación de poder al promover a su antecesora y exministra de Justicia.

El alto tribunal ha estimado ahora el incidente de ejecución planteado por el otro candidato al cargo que obtuvo el apoyo mayoritario del Consejo Fiscal, Luis Rueda -pese a lo que García Ortiz nombró a Delgado- y ha declarado nula la forma en que García Ortiz ha dado cumplimiento al fallo del Supremo.

La declaración de nulidad se extiende, además, a "cualesquiera otras actuaciones y resoluciones posteriores tomadas en el procedimiento administrativo relativo al concurso" para la Fiscalía Togada, lo que incluye el nombramiento de Isabel Rodríguez Mateo, precisan fuentes del Supremo.

La Sala considera que el fiscal general del Estado contravino el fallo de la sentencia que tumbó el nombramiento de Dolores Delgado al retrotraer las actuaciones administrativas a un momento del procedimiento anterior al que había establecido el Supremo.

En su sentencia de 21 de noviembre, la Sala ordenó retrotraer las actuaciones al momento anterior a la propuesta del fiscal general al Consejo de Ministros para la cobertura de la plaza de fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo.

Garcia Ortiz convocó el pasado 29 de mayo al Consejo Fiscal para ejecutar la sentencia del Supremo, pero lo hizo de un modo que llevó a los seis vocales de la Asociación de Fiscales a no participar en la votación.

En vez de retrotraerse al momento de hacer su propuesta, el fiscal general volvió a someter a votación la cobertura del cargo, lo que permitió que los dos vocales de la Unión Progresista de Fiscales, la teniente fiscal y la jefa de la inspección votaran a Isabel Rodríguez, que no recibió ningún voto en el Consejo Fiscal en el que se propuso a Delgado.

De haber limitado su nueva propuesta a los dos únicos candidatos que recibieron algún apoyo en 2022, García Ortiz hubiera tenido que volver a proponer a Dolores Delgado -lo que era dificultoso a la vista de las consideraciones del Supremo- o apoyar a Rueda, que fue el que, con su recurso, dio lugar al varapalo del alto tribunal por desviación de poder.

La tercera opción era sacar adelante el nombramiento de Rodríguez Mateo con cero votos del Consejo.

Para la Sala, “no ofrece ninguna duda que la resolución del fiscal general del Estado de 20 de mayo de 2024 implica retroacción a un momento del procedimiento administrativo anterior al establecido en el fallo de la sentencia".

Esa retroacción a un momento anterior al acordado por la sentencia "no es inocua, pues implica que el Consejo Fiscal examine y valore de nuevo todas las candidaturas, lo que podría tener influencia -aunque no sea vinculante- en la propuesta que finalmente eleve el fiscal general del Estado al Consejo de Ministros”.

Respecto a si García Ortiz buscaba eludir el cumplimiento del fallo, la Sala afirma que “sin necesidad de entrar ahora en valoraciones sobre la finalidad buscada por el fiscal general del Estado al aprobar su resolución de 20 de mayo de 2024, es lo cierto que la jurisprudencia viene afirmando que, cuando el acto que objetivamente resulte incompatible con el fallo de la sentencia carece de motivación que explique o justifique dicha contradicción, se presume la intención de eludir su cumplimiento”.

En una resolución redactada por el magistrado Luis Díez-Picazo, la Sala concluye que en el presente caso no se dio por el fiscal general del Estado “ninguna explicación de la inclusión del mencionado punto cuarto en el orden del día del pleno del Consejo Fiscal de 29 de mayo de 2024, debe concluirse que concurren todas las condiciones legalmente exigidas para declarar nulo dicho acto”. 

"Ello, como es obvio, comporta asimismo la nulidad de cualesquiera otras actuaciones y resoluciones posteriores que se hayan tomado en el procedimiento administrativo relativo al concurso" para fiscal de Sala de la Fiscalía Togada.