Miguel Bernad, secretario general del sindicato Manos Limpias, reclama una indemnización al Estado de 1,2 millones de euros por haber sufrido nueve meses de prisión preventiva por el caso Ausbanc, en el que, finalmente, el Supremo acabó absolviéndole.
En aquella causa judicial, se investigó si la entidad Ausbanc, en coordinación con Manos Limpias, extorsionó a bancos y grandes empresas para recibir dinero a cambio de evitarles acciones judiciales o campañas de descrédito en su contra. En 2021, Bernad acabó condenado por la Audiencia Nacional por este delito y por estafa. No obstante, el Tribunal Supremo le exoneró de ambos delitos el pasado mes de marzo.
EL ESPAÑOL ha tenido acceso a la reclamación patrimonial de Bernad, elaborada por el abogado que logró su absolución en el Supremo, José María Bueno.
El documento tacha de "injusto" el fallo de la Audiencia Nacional, así como los nueve meses de prisión preventiva que antes habría sufrido el secretario de Manos Limpias, pese a que, según la reclamación, no existía riesgo de fuga.
El artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) recoge que "tendrán derecho a indemnización quienes, después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltos por inexistencia del hecho imputado o por esta misma causa haya sido dictado auto de sobreseimiento libre, siempre que se le hayan irrogado perjuicios".
La cuantía se fijará en función del tiempo entre rejas y de las consecuencias personales y familiares que éste hayan producido. Las reclamaciones deben exigirse al Ministerio de Justicia. "Estuve en prisión por unos hechos inexistentes, que además no constituían delito alguno, según nuestro más alto tribunal, causándome ello un perjuicio grandísimo", resume Bernad.
"Pena de telediario"
De acuerdo con Bernad, aquellas decisiones judiciales en su contra sirvieron para "desguazar" el sindicato, después de que hubiese ejercido la acusación popular en el llamado caso Nóos, en el que fue investigada la infanta Cristina de Borbón. La prisión provisional y la condena de la Audiencia Nacional —relata el documento— también le hicieron sufrir la denominada "pena de telediario", en el marco de un "gran ataque mediático" de consecuencias "irreparables".
Como anexo a la reclamación patrimonial, Bernad aporta un relato en primera persona. Y en él expone, incluso, que durante su estancia en la cárcel, pese a su avanzada edad, fue obligado a barrer el patio y a limpiar las letrinas. Asimismo —narra—, fue trasladado esposado al quirófano de un hospital, donde, en una ocasión, tuvo que ser operado.
También se queja Bernad de los compañeros de celda que tuvo: un descuartizador madrileño, un hombre que apuñaló 80 veces a su pareja y que acabó suicidándose en la cárcel y "un pobre drogadicto".
Menciona también que durante sus nueve meses de estancia en prisión tan sólo pudo acudir una vez a visitar a su anciana madre, que acabaría falleciendo medio año después de que Bernad consiguiese en 2016, previo pago de una fianza de 50.000 euros, la libertad provisional.
"Esta parte pide que se me indemnice no sólo por la pérdida de libertad antijurídica, sino por los daños físicos que padecí en los ojos a consecuencia del impacto psicológico que supuso mi entrada en prisión (...) y por el ataque mediático que ello motivó", relata Miguel Bernad en su reclamación, cifrada en 1.200.000 euros.
La condena
La Audiencia Nacional no sólo condenó en 2021 a Bernad. También, a Luis Pineda, presidente de la entidad Ausbanc, que se definía como una asociación en defensa de los consumidores bancarios.
Tal y como avanzó EL ESPAÑOL, Pineda también ha reclamado una indemnización al Estado por los tres años de prisión provisional que sufrió: desde 2016 hasta 2019. También fue exonerado por el Supremo.
Bernad, por otro lado, es autor de la reciente denuncia que ha provocado la apertura de una investigación judicial sobre los negocios de la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez. También, de la que dio pie a las diligencias judiciales sobre el contrato laboral de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno.
El pasado 11 de marzo, el Supremo dictaba la sentencia que absolvía a Pineda y Bernad. A lo largo de sus 149 folios, la Sala Segunda relataba que el director de Ausbanc presentó demandas y querellas a través de dicha entidad. En ocasiones, de acuerdo con Bernad.
Y, además, admitía que Pineda negoció con algunos de los demandados o querellados, que solían ser bancos, acuerdos para retirar las acusaciones, que a menudo incluían el compromiso de Pineda de no iniciar nuevos procedimientos judiciales en su contra y fomentar una imagen positiva de las compañías.
Sin embargo, las acusaciones sí proseguían contra las compañías que rechazaban estos acuerdos. Ahora bien, el Tribunal Supremo concluyó que esta forma de negociación, por censurable que pudiese parecer desde un punto de vista ético, no lo es bajo la óptica penal. No son hechos de una entidad suficiente para ser calificados como extorsión.
Tal y como recalcó el Supremo, "varias de las mercantiles supuestamente extorsionadas forman parte del Ibex 35 y todas ellas, al tiempo de producirse los hechos, constituían entidades financieras de significada magnitud económica".
Estas "potentes sociedades" disponían de servicios jurídicos especializados, además de "suficiente cobertura económica para encarar con plenas garantías acciones, civiles o penales, frente a la publicación de informaciones que pudieran resultarles, en cualquier sentido, indebidamente perjudiciales".
El fiscal que participó en el juicio del caso Ausbanc, José Perals, llegó a solicitar nada menos que 118 años de prisión para Luis Pineda y 24 para Bernad. No obstante, el tribunal enjuiciador descartó los delitos de organización criminal, denuncia falsa, fraude y estafa procesal y administración desleal que sí atribuía el Ministerio Público a los dos encausados.