Una manifestación violenta convocada por los CDR en Barcelona, como protesta por la sentencia del 'procés'.

Una manifestación violenta convocada por los CDR en Barcelona, como protesta por la sentencia del 'procés'. Efe

Tribunales LEY DE AMNISTÍA

El tribunal de los CDR, al TJUE: 'La amnistía perdona el terrorismo si se alinea con intereses políticos'

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional presenta una cuestión prejudicial por sus dudas sobre la legalidad de esta polémica norma, que, a su juicio, "garantiza la impunidad".

6 septiembre, 2024 14:13

"Además de poder suponer una vulneración de la Directiva [europea de lucha contra el terrorismo], la Ley de Amnistía también supone enviar un mensaje hacia el futuro en el sentido de que los delitos de terrorismo pueden ser perdonados cuando la intencionalidad de los mismos esté en línea con los intereses políticos de quien dicta la Ley de Amnistía".

El anterior es uno de los párrafos de la larga resolución en la que los jueces de la Audiencia Nacional encargados de juzgar a los 12 radicales independentistas detenidos en la Operación Judas han planteado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sus dudas sobre la legalidad de la Ley de Amnistía.

Tal y como avanzó en exclusiva EL ESPAÑOL, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ultimaba este documento, denominado cuestión prejudicial.  Se trata de la herramienta con la que los tribunales nacionales pueden consultar al TJUE acerca de si una norma o una parte de ella contraviene o infringe o no el Derecho europeo.

Y los magistrados Alfonso Guevara, Carlos Fraile y Eduardo Gutiérrez tienen serias dudas sobre la legalidad de esta polémica norma, impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez y aprobada por el Congreso de los Diputados.

La propia ley, destinada a beneficiar a los independentistas catalanes investigados o procesados en ciertas causas judiciales, recoge que no se aplicará a los casos de terrorismo que hayan causado, intencionadamente, "graves violaciones de derechos humanos".

Una manifestación violenta en la AP-7 durante el 'procés' catalán.

Una manifestación violenta en la AP-7 durante el 'procés' catalán. Efe

Ahora bien, la cuestión prejudicial firmada por la Sección Tercera critica que esta posibilidad es contraria a la "política unitaria" de la Unión Europea contra el terrorismo, al hacer distinciones entre un tipo y otro de este delito.

La postura de la UE, no obstante, no hace distinciones. Por tanto, a ojos de los tres magistrados citados, la Ley de Amnistía supone "una derogación tácita de una parte esencial de la Directiva comunitaria" en esta materia y, "en definitiva, va en contra de esa voluntad del legislador comunitario expresada en su articulado".

"La Ley de Amnistía sí amnistía los posibles delitos de terrorismo, siempre que no hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, o las hayan causado, pero de forma no intencionada, por ejemplo, con dolo eventual", lamenta la resolución.

"Estos delitos de terrorismo que no supongan la causación intencionada de graves
violaciones de derechos humanos también tienen que ser castigados por el Estado [miembro]", subrayan los jueces en su resolución, de 72 folios.

"A juicio de este tribunal, amnistiar delitos de terrorismo que el Estado tiene la
obligación de tipificar como delito puede ser incompatible con la Directiva Europea 2017/541", expone la Sección Tercera.

"Garantiza la impunidad"

Según relata el tribunal, a su juicio, los Estados miembros de la UE deben garantizar que "existan sanciones penales eficaces, proporcionadas y disuasorias" para quienes cometan delitos de terrorismo. Especialmente, para las conductas más graves; como las que se enjuician en este caso (fabricación de explosivos, participación en grupo terrorista...).

Ahora bien, de acuerdo con la visión de Guevara, Gutiérrez y Fraile, la Ley de Amnistía "tiene como finalidad precisamente lo contrario: garantizar la impunidad".

Es decir, que los hechos investigados en esta causa "no se enjuicien, de modo que no se imponga sanción penal alguna por conductas (...) como participación en grupo terrorista, fabricación, tenencia, adquisición, transporte, suministro o utilización de explosivos o tentativa de estragos o destrucciones masivas".

"Creemos, por tanto, que al garantizar la impunidad a través de la Ley de Amnistía, el Legislador nacional está legislando en contra de la Directiva 2017/541 [de la Unión Europea destinada a la lucha contra el terrorismo], lo que afecta a principios fundamentales del Derecho de la Unión Europea, tales como el principio de primacía y de cooperación legal".

El procedimiento, suspendido

Por todo ello, el procedimiento judicial que afecta a los 12 radicales independentistas detenidos en la Operación Judas queda ahora suspendido, hasta que el TJUE se pronuncie.

De forma tajante, la Fiscalía ya había solicitado al tribunal que la amnistía fuese aplicada para beneficiar a estos doce miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) entre cuyos planes estaba el de asaltar el Parlament catalán para reivindicar la independencia de Cataluña.

No obstante, fueron arrestados por la Guardia Civil, que descubrió que habían organizado un laboratorio-cocina de explosivos.

En una vista celebrada el pasado mes de junio, la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez, pidió la aplicación de la amnistía en favor de estos encausados. Las acusaciones se opusieron, al igual que el fiscal que hasta la fecha se había encargado de este caso, a quien Durántez tuvo que sustituir en aquel acto.

La aprobación de la Ley de Amnistía, impulsada por el Gobierno de Sánchez, fue polémico debido a que, durante su tramitación parlamentaria, fue confeccionada a la medida del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont, quien también estaba siendo investigado por un delito de terrorismo en el llamado caso Tsunami. La amnistía era una de las exigencias de Junts, el partido del expresident que contaba con siete votos en el Congreso, para dar su apoyo a la investidura de Pedro Sánchez.