El magistrado del TC y exministro de Justicia Juan Carlos Campo, en una imagen de archivo./

El magistrado del TC y exministro de Justicia Juan Carlos Campo, en una imagen de archivo./

Tribunales

Empieza la batalla de la amnistía en el TC con un juez menos: aceptada la abstención de Campo

El tribunal permite por unanimidad que el exministro de Justicia se aparte y admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala Penal del Supremo.

11 septiembre, 2024 12:35

El pleno del Tribunal Constitucional ha dado esta mañana el pistoletazo de salida a uno de los debates más delicados de su historia, el referido a la constitucionalidad o no de la ley de amnistía y su aplicación de los responsables del intento de secesión de Cataluña llevado a cabo en el otoño de 2017.

El TC ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad en la que la Sala Penal del Tribunal Supremo sostiene que la amnistía del 'procés' vulnera la igualdad ante la ley y los principios de seguridad jurídica y prohibición de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Por unanimidad, el tribunal ha admitido la abstención presentada por Juan Carlos Campo, que, como ministro de Justicia y en el seno de los expedientes de indulto a los condenados por el proceso soberanista catalán, afirmó que la amnistía era "claramente inconstitucional".

Los 11 magistrados han examinado la propuesta de resolución presentada por el ponente, Ricardo Enríquez, en la que se señala que Campo, "en su anterior condición de ministro de Justicia, elevó al Consejo de Ministros propuesta motivada de indulto parcial" de los condenados por la Sala Penal del Supremo en la causa del 'procés'.

En esa propuesta, Juan Carlos Campo "exteriorizó un criterio favorable a la inconstitucionalidad de la amnistía", una "valoración expresa y genérica sobre la inviabilidad constitucional de la amnistía, entonces reclamada en favor de las personas condenadas, quienes pudieran también verse afectadas por las previsiones de la Ley Orgánica 58 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña".

La resolución por la que se acepta la abstención del magistrado Campo ha sido modificada en cuanto a la motivación presentada por Enríquez.

En el proyecto se señalaba que hay una "coincidencia del objeto en la cuestión" promovida por el Tribunal Supremo "con la opinión" expresada por Campo en su propuesta de indulto.

Los magistrados han acordado sustituir el término 'opinión' por valoración u otro semejante y subrayar que la propuesta de indulto elaborada por Campo se produjo en el marco del expediente administrativo de resolución de los indultos.

Ha sido una propuesta del sector minoritario del TC que Enríquez ha asumido y con la que se pretende remarcar la diferencia entre el caso de Campo y las recusaciones que se puedan plantear en el futuro.