David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no ha logrado expulsar de la causa contra él a la asociación Liberum, que ejerce la acusación popular.

Esta organización, además, también está personada en el llamado caso Koldo, en el que está investigado quien fuera el principal asesor del ministro José Luis Ábalos, Koldo García.

En una resolución fechada esta semana y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, Beatriz Biedma, la juez que investiga por tráfico de influencias y malversación a David Sánchez, confirma que Liberum se persone como acusación popular. Y, con ello, que pueda, por ejemplo, solicitar diligencias, como pedir declaraciones de testigos o que se interrogue a ciertas personas como investigados.

Esta organización explica en su web que su principal fin es el de "restaurar los derechos y libertades que nos han sido usurpados en el transcurso de la pandemia de la Covid-19". También, el de garantizar el "cumplimiento del ordenamiento jurídico".

Tal y como recuerda la juez Biedma en la resolución, la acusación popular, "como forma de participación ciudadana en la Administración de Justicia es una manifestación del principio democrático y debe ser entendida como un medio funcional para garantizar esa participación de los ciudadanos en el proceso penal".

La Constitución, de hecho, recoge esta figura en su artículo 125. Y recientemente ha vuelto a salir a relucir al debate público después de que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en su discurso en la ceremonia de apertura del Año Judicial, abogara por limitarla.

Ejercer la acusación popular, a diferencia de la particular, no requiere que quien lo haga haya sido perjudicado directo por el delito investigado. Basta con aportar una fianza, demostrar un "mínimo interés legítimo" e invocar la defensa de unos valores mucho más genéricos.

"La atribución de una amplia legitimación para que cualquier ciudadano pueda constituirse en parte activa o acusadora en el proceso penal significa el reconocimiento del papel que corresponde a lo que se ha dado en llamar la 'sociedad civil', aquella que no forma parte de la estructura del poder político institucionalizado, en el ejercicio de la función jurisdiccional", añade la magistrada.

De esta forma, Biedma rechaza el recurso presentado por la defensa de David Sánchez en contra de la personación de Liberum como acusación popular. Ahora, será la instancia superior a la juez, la Audiencia Provincial de Badajoz, la que confirme el criterio de ésta o, por contra, revoque su decisión y dé la razón al investigado.

David Sánchez, músico de profesión y conocido por el pseudónimo de David Azagra, fue denunciado por el sindicato Manos Limpias, que también hizo lo mismo contra la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez, lo que inició un procedimiento judicial en su contra.

Azagra fue contratado en 2017 por la Diputación de Badajoz, encabezada por el secretario general de los socialistas extremeños, Miguel Ángel Gallardo. Y la denuncia de Manos Limpias acusaba al hermano de Pedro Sánchez de "cobrar sin ir a trabajar".

También relataba que Azagra reside en un palacete ubicado en una localidad portuguesa, Elvas, cercana a la frontera extremeña, para pagar menos impuestos.

El informe final que elaboró una comisión de investigación de la Diputación de Badajoz sobre este asunto confirmó que el investigado tributa como no residente en España. Por ello, al vivir en Portugal, no paga IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), según recogía aquel documento.

Hacienda, respondiendo a una solicitud de la juez, envió un dosier que descarta que, por estos hechos, Azagra haya cometido un delito fiscal. Ahora bien, la instructora ha ordenado al Ministerio que le comunique qué funcionario firma dicho dictamen, ya que fue enviado al Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz sin ninguna rúbrica.

Tal y como publicó EL ESPAÑOL, el hermano de Sánchez también fracasó en su intento de evitar el análisis de sus correos electrónicos profesionales, que fueron incautados, por orden de la magistrada, por la Guardia Civil. En aquella ocasión, el motivo no fue otro que el hecho de que su defensa impugnó dicha decisión de la juez presentando un recurso fuera de plazo.