El fiscal general afirma que la denuncia contra la pareja de Ayuso estuvo en una carpeta accesible para 499 personas
- El juez Hurtado defiende el trabajo de la UCO después de que la defensa de García Ortiz le atribuya incurrir en "importantes irregularidades y omisiones".
- El instructor del Supremo envía a los Juzgados la filtración del informe sobre la fiscal jefa de Madrid para que se investigue.
- Más información: El juez Hurtado comienza a volcar bajo secreto el ordenador y el móvil del fiscal general para dárselo a la UCO
La defensa del fiscal general, ejercida por la Abogacía del Estado, ha pedido al magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado que incorpore a la causa abierta a Álvaro García Ortiz una certificación sobre el número de personas que tienen acceso en la Fiscalía de Madrid a la carpeta denominada Guardia.
La petición se incluye en un escrito en el que la Abogacía del Estado sostiene que el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre la información almacenada en el teléfono y el ordenador incautados a la fiscal jefa de Madrid, Pilar Rodríguez, contiene "hasta 37 importantes irregularidades y omisiones".
Esos "errores" llevan a la UCO a situar en el fiscal general "sin ningún fundamento" la filtración de información reservada sobre el expediente por fraude fiscal abierto contra Alberto González Amador. Este empresario es pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
Hurtado investiga a García Ortiz y Rodríguez por la aparición en la prensa de correos electrónicos cruzados entre un abogado de González Amador y el fiscal de Madrid que firmó la denuncia contra él. En uno de esos correos, el letrado admitía que la pareja de Ayuso había cometido dos delitos fiscales y ofrecía un pacto de conformidad.
El informe de la UCO sobre Pilar Rodríguez concluía que el fiscal general tuvo una "participación preeminente en los hechos que, finalmente, derivaron en la filtración" de ese correo electrónico. Una conclusión que, para la Abogacía del Estado, es producto de errores de contextualización, ignorancia sobre el procedimiento de dación de cuentas existente en la Fiscalía y omisiones de "información relevante".
Se destaca, por ejemplo, que la UCO no ha valorado que a las 23:20 del 13 de marzo la Cadena Ser informó sobre el contenido de los correos electrónicos, "que el fiscal general no termina de recibir hasta las 23:46 del mismo día".
El 'whatsapp' de MÁR
La UCO guarda "silencio" sobre las llamadas de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, y del mensaje que el fiscal general envía a Pilar Rodríguez a las 21:07 horas del 13 de marzo, seguido de una llamada sin éxito tres minutos más tarde.
"Estas comunicaciones no surgen de manera espontánea, sino que responden a un contexto concreto de alta relevancia que no es analizado por la UCO".
Explica que "esas llamadas y mensajes se producen como reacción directa al 'whatsapp' enviado por el Miguel Ángel Rodríguez [jefe de gabinete de Ayuso] a los medios de comunicación alrededor de las 19:00 horas", esto es, antes de la aparición en la prensa de los correos electrónicos filtrados.
"En dicho mensaje, Miguel Ángel Rodríguez afirmaba que el fiscal Julián Salto habría ofrecido a los abogados de González Amador un pacto de conformidad, pero que este pacto habría sido frustrado por órdenes de la Fiscalía General del Estado, insinuando una actuación motivada por la especial relación de González Amador con la presidenta de la Comunidad de Madrid", añade.
La defensa de García Ortiz indica que "la afirmación de Miguel Ángel Rodríguez generó una importante repercusión mediática". La jefa de prensa de la Fiscalía General empezó a recibir llamadas de periodistas alrededor de las 20:00 horas "solicitando confirmación sobre la supuesta intervención de Fiscalía General del Estado en la paralización del pacto de conformidad".
La Abogacía del Estado sostiene que la UCO debería incluir "el análisis de la totalidad de las fuentes periodísticas relacionadas en las actuaciones, así como el mensaje de 'whatsapp' enviado por Miguel Ángel Rodríguez".
499 fiscales y funcionarios
También se reprocha a la UCO la omisión de hechos como que la denuncia contra González Amador y el expediente de la Agencia Tributaria "ya estaban a disposición de terceros, distintos a las personas investigadas en esta causa, desde el 5 de marzo de 2024, a través del Decanato de los Juzgados de Instrucción de Madrid". El 5 de marzo es cuando se presenta la denuncia de la Fiscalía de Delitos Económicos de Madrid contra González Amador.
"El 7 de marzo de 2024 la denuncia se encontraba en poder de la Agencia Tributaria, lo que ampliaba el círculo de personas con acceso al documento", añade.
Además, "la denuncia y documentación anexa fue incorporada a una carpeta común accesible para los fiscales de guardia de Madrid, a la que tenían acceso más de 499 personas".
Y toda la información no solo estaba en poder de la fiscal jefe de Madrid, sino también de la fiscal superior, Almudena Lastra.
"No ha lugar"
La defensa de García Ortiz ha pedido al instructor del Tribunal Supremo que ordene a la UCO una revisión del informe y "se proceda a la reevaluación de las conclusiones e inferencias realizadas, efectuando un análisis completo, objetivo y exhaustivo de todos los elementos probatorios".
"No ha lugar", ha contestado Hurtado. "No cabe formular reproche alguno al trabajo realizado por una unidad tan especializada y reconocida como es la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil", afirma el instructor en una resolución conocida este jueves.
En cambio, sí ha accedido a la petición de enviar a los Juzgados de Madrid la queja del fiscal general sobre la filtración del informe de la UCO relativo a la fiscal jefa de Madrid.
Se ha tomado la misma medida respecto a supuestas filtraciones denunciadas por la defensa de González Amador, entre ellas de informaciones de EL ESPAÑOL.
De otro lado, la Sala Penal ha rechazado el recurso de la defensa de Pilar Rodríguez contra la apertura de la causa contra ella.
En una resolución con ponencia de la magistrada Susana Polo, la Sala precisa que "no ha valorado la participación de la recurrente en los hechos. Exclusivamente, se ha llevado a cabo el análisis con respecto al fiscal general del Estado, y en relación con Pilar Rodríguez el único pronunciamiento fue declarar la competencia de la Sala para la instrucción de la causa con respecto a la misma por conexidad inescindible, con los hechos imputados al otro aforado".