Un juez exime a la minera Boliden de pagar a la Junta 90 M€ por el desastre de Aznalcóllar
El Gobierno andaluz recurrirá el fallo, incluso en el Tribunal Supremo si se diera el caso. Entienden que "existe una responsabilidad".
28 julio, 2023 16:21El Juzgado de Primera Instancia número once de Sevilla ha eximido a la multinacional sueca Boliden Apirsa de pagar a la Junta de Andalucía los 89,8 millones de euros.
Se trata de la cantidad que esta administración le reclamaba por los costes de restauración ambiental afrontados tras la catástrofe natural de 1998 por la fractura de la balsa de residuos de metales pesados de la mina de Aznalcóllar (Sevilla), explotada entonces por esa compañía.
Aunque la resolución no es firme, la sentencia condena en costas a la Administración andaluza. No obstante, la Junta ya ha anunciado que la va a recurrir, incluso en el Tribunal Supremo si se diera el caso. Entienden que "existe una responsabilidad".
En concreto, la Junta reclamaba el reembolso de los gastos y costes asumidos de forma subsidiaria hace 25 años por la limpieza de unos7.000 millones de litros de material contaminantes.
Estos fueron vertidos desde la presa de Aznalcóllar hasta las puertas del Parque Nacional de Doñana, según reza en el fallo facilitado por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Para ello, la Junta invocó al artículo 81 de la Ley de Minas de 21-7-1973. El mismo dispone que "todo titular o poseedor de derechos mineros reconocidos en esta Ley será responsable de los daños y perjuicios que ocasione con sus trabajos (...) y de las infracciones que cometa de las prescripciones establecidas en el momento del otorgamiento para la protección del medioambiente...".
Sin embargo, el juez le da la razón a la compañía que alegó que, en este caso, no tenía la obligación legal de restaurar el medioambiente que defiende la Junta. "Es claro que el artírculo 81 de la Ley de Minas, ni ninguna otra norma aplicable en el momento de los hechos, no establece esa obligación, como así lo han indicado además el TSJA y el TS".
De igual forma, la empresa sueca recrimina a la Administración que las cantidades reclamadas "no están adecuadamente justificadas, ni que fueran necesarias para la restauración", una cuestión que el juez también corrobora.