Se acerca la nueva campaña de la renta y patrimonio y comienzan a surgir las dudas entre los ciudadanos de a pie. Según el calendario del contribuyente de 2024 publicado en la página web de la Agencia Tributaria, desde el próximo 3 de abril y hasta el 1 de julio, los españoles podrán presentar la Declaración de la Renta.
Tal y como han especificado, el 3 de abril se dará el pistoletazo de salida para los que la presenten por Internet. Los que prefieran hacerlo por teléfono o presencial deberán esperar hasta el 7 de mayo y 3 de junio, respectivamente.
Este año, Hacienda ha incorporado algunas novedades respecto a campañas anteriores. Y es que, con la llegada de nuevas leyes, como la Ley de Vivienda, se ha modificado, por ejemplo, la configuración de las reducciones en los arrendamientos. La reducción general pasa del 60% al 50% en 2024. Pero esta no es la única novedad que incorpora la campaña de la Renta este año.
Una de las últimas decisiones que ha tomado Hacienda ha sido la de elevar el mínimo exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2024. Así quedó reflejado en el BOE el pasado 7 de febrero, a través del Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El motivo de esta decisión fue conseguir actualizarlo en función de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Y por ello, Hacienda ha elevado el mínimo exento desde los 15.000 euros hasta los 15.876 euros anuales. Con la nueva normativa, que se aprobó también en el Consejo de Ministros, las personas que tengan rentas inferiores a esa cantidad no deberán pagar IRPF en la Declaración de la Renta.
De este modo, se evitará que los trabajadores que cobren el SMI tengan que hacer frente a ciertas retenciones. Y con el objetivo de evitar el 'error de salto', la medida se extiende también a contribuyentes con rendimientos netos del trabajo de hasta 19.747,5 euros anuales, que verán reducidas sus retenciones.
La medida no solo afectará este grupo de personas, sino que, tal y como adelantó el Gobierno, repercutirá en aquellos que tengan rentas por debajo de los 22.000 euros. "Esta medida de IRPF va a beneficiar a 5,2 millones de contribuyentes con renta baja que se van a ahorrar 1.385 millones de euros en el año 2024", aseguró la ministra de Hacienda, María Jesús Montero.
Un ciudadano que gane el SMI, es decir, 15.876 euros anuales, en años anteriores tenía una retención de un 7% y estaba obligado a abonar 1.111 euros a Hacienda. Sin embargo, ahora, con esta nueva medida centrada en la rebaja fiscal, un ciudadano que cobre el SMI no deberá pagar nada de IRPF.
Así lo explicó la propia Montero a través de varios ejemplos. En el caso de un ciudadano que gane 18.500 euros anuales, este año pagará 1.128 euros frente a los 2.000 que tenía que abonar años anteriores. "Casi la mitad que se pagaba con los gobiernos del Partido Popular", aseguró criticando las medidas de la oposición.
Otros detalles de la campaña de la Renta 2024
Además de las novedades anteriormente mencionadas, hay que tener en cuenta otros aspectos a la hora de presentar la Declaración de la Renta este año. Por ejemplo, se mantiene la deducción por invertir en obras de mejora de la eficiencia energética en los inmuebles, aplicándose tanto en casos en los que se trate de la vivienda habitual como si es de alquiler.
Este año, Hacienda ha decidido ampliar hasta el próximo mes de diciembre de 2024 la deducción por la compra de un vehículo eléctrico. De este modo, en la Renta de este año será posible desgravar un 15% del valor de adquisición con respecto a una base máxima de 20.000 euros.
También se hará efectiva la reducción al 7% de la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sobre los rendimientos del trabajo que están derivados de la elaboración de obras científicas, artísticas o literarias.
Además, se incorporan otras novedades como que Hacienda se reserva la posibilidad de que sea obligatorio presentar la declaración de la Renta a través de internet o la modificación de la exención de los rendimientos del trabajo que derivan de la entrega de acciones a trabajadores de empresas de emergencia, mejorando así la fiscalidad de este rendimiento en especie.