Una sucursal del desaparecido Banco Popular.

Una sucursal del desaparecido Banco Popular.

Invertia

PwC denuncia al juez Calama que cientos de supuestos perjudicados por el Popular no están legitimados para acusar

Publicada
Actualizada

PwC, encausada en el proceso que tramita la Audiencia Nacional por la ampliación de capital del Banco Popular llevada a cabo en 2016, ha reclamado al juez instructor, José Luis Calama, que realice un "exhaustivo control" de la legitimación de las acusaciones formuladas. La auditora ha detectado un alto número de supuestos perjudicados que, según afirma, carecen de relación con los hechos delimitados por el propio instructor como objeto del futuro juicio.

La cuestión no es menor porque están en juego reclamaciones multimillonarias por parte de las acusaciones particulares, además de penas de prisión. "Nadie puede verse acusado por una parte que carece de condiciones para ello", sostiene PwC, que recuerda que la doctrina del Tribunal Supremo encomienda al juez instructor la tarea de realizar la "obligada verificación" de que quien acusa reúne los requisitos para hacerlo.

El caso Banco Popular arrancó en octubre de 2017 con una querella -luego siguieron más de 40- referida a hechos que se extendían de 2012 a 2017, con 37 personas querelladas.

Pero al finalizar la instrucción, el pasado 4 de marzo, Calama concretó que los hechos indiciariamente constitutivos de delitos de estafa a inversores y falsedad contable son los referidos a la ampliación de capital de 2016, a la que los inversores habrían acudido "engañados" porque los estados financieros del Popular no reflejarían la imagen fiel del balance ni del patrimonio de la entidad.

El instructor apreció motivos para que vayan a juicio por esos hechos 11 exdirectivos del Popular, dos auditores y PwC como persona jurídica. Y enumeró 12 acusaciones particulares, identificando un número aproximado de más de 26.000 perjudicados personados hasta ese momento.

Trazabilidad de las acusaciones

La resolución dictada por Calama no identificó con precisión el número de perjudicados. Tampoco los criterios seguidos para otorgar esa condición procesal. Ni tampoco "una trazabilidad de los personados que han ido 'entrando y saliendo' del procedimiento", señala PwC en un escrito dirigido a Calama el pasado martes.

"No constan los criterios, si existen, para aceptar o no las personaciones ni la documentación acreditativa necesaria para ello: tipología del producto contratado afectado, fechas de inversión en los productos, mantenimiento o no de la inversión a la fecha de resolución de Banco Popular", añade.

Para la defensa de la auditora, "el carácter provisorio de la instrucción penal -con un objeto a menudo dinámico- puede explicar la admisión de la personación de posibles perjudicados con criterios flexibles, basados en una mínima conexión de aquéllos con los hechos investigados o en una potencial afección -sustentada de modo indiciario- a sus intereses legítimos".

Pero "la delimitación fáctica de los hechos a enjuiciar con el auto de transformación [la resolución dictada el pasado 4 de marzo] hace que la cosa cambie. En ese momento, la legitimación activa real de quienes pueden ejercer la acusación se torna en algo esencial y de obligada verificación. Conocidos los hechos a examinar en el plenario [el juicio oral], es claro que los acusadores particulares deben detentar una relación clara y precisa con aquellos", sostiene.

El escrito afirma que los acusadores particulares que no estén vinculados a los hechos delimitados por el instructor como objeto de enjuiciamiento "han experimentado una pérdida sobrevenida de legitimación activa en la causa, cuya verificación no consta que haya sido realizada".

"Delimitado el ámbito fáctico objeto de enjuiciamiento a la ampliación de capital de 2016, queda claro que los posibles perjudicados por los hechos no pueden ser otros que los inversores que acudieron a suscribir dicha ampliación. Y, evidentemente, este extremo debe quedar debidamente acreditado", manifiesta.

"Aprovechamiento de la causa"

PwC afirma haber realizado una "revisión preliminar" de algunos escritos de acusación presentados antes del pasado 24 de octubre y asegura que "hemos detectado la evidente falta de legitimación activa de un número significativo de personados".

"La ausencia de legitimación se revela de una manera palmaria, al punto de que bien podríamos hallarnos ante un aprovechamiento de la causa penal con fines absolutamente ajenos a los legítimos. Y ello es así desde el punto y hora en que la situación de los acusadores a los que nos referiremos presenta una desconexión nítida con el período temporal al que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha sujetado el objeto de la causa", manifiesta.

Entre esos acusadores está Adicae, que, según el auto de Calama del pasado marzo, representaría a 2.000 perjudicados.

PwC se ha fijado en los 934 representados por Adicae según la querella que presentó para personarse en el procedimiento y ha realizado una "revisión aleatoria" de 120 de ellos. "Mas de un 38% no consta que hayan acudido a la ampliación de capital de 2016", ya que adquirieron sus acciones entre 2004 y 2015. 

Personación tras un archivo

En el caso de Time Ceram o Macteno tampoco consta la vinculación de los perjudicados a los que representan con los hechos delimitados por Calama.

En un nuevo escrito presentado ayer, PwC analiza el caso de Cerquia. "Entre los 1.421 integrados en esta acusación, se encuentran 717 particulares que se personaron en estas diligencias previas mediante escrito de 1 de octubre de 2024", señala.

"654 de ellos (esto es, un 91.2%) fundamentan su interés en la presente causa en hechos que quedan fuera del ámbito fáctico objeto de enjuiciamiento", afirma.

"Llama la atención", añade el escrito de PwC, "la personación tardía de estos 654 particulares, que justifican su condición de perjudicados -en la mayoría de los casos- en la suscripción de acciones de la ampliación de capital de Banco Popular de 2012".

Se han personado tras el sobreseimiento firme de la investigación de esa ampliación realizada por el Juzgado Central de Instrucción número 5, confirmada por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

"Parece que estos nuevos personados pretenden aprovecharse de las presentes diligencias previas para reabrir una reclamación que en su día ya fue sobreseída, careciendo de toda legitimación activa en la presente actuaciones", indica PwC.

"Es evidente", concluye, "que no se ha llevado a cabo el control de la concurrencia de la legitimación activa de los personados que compete al órgano instructor, atendidos los hechos objeto de enjuiciamiento definidos en el auto de transformación. Esta laxitud para admitir personaciones es inadmisible".