PwC pide a la Audiencia que obligue al juez del caso Popular a verificar la legitimación de los miles de acusadores
- La auditora recurre la decisión del instructor, José Luis Calama, de endosar el tribunal que juzgará los hechos la depuración de 26.000 personas y entidades que alegan ser perjudicados.
- Más información: PwC denuncia al juez Calama que cientos de supuestos perjudicados por el Popular no están legitimados para acusar
PwC, encausada en el proceso sobre la ampliación de capital del Banco Popular llevada a cabo en 2016, ha recurrido a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la negativa del juez, José Luis Calama, a verificar la legitimación para ejercer la acusación de miles de personas y entidades -"unos 26.000", según calcula, de forma imprecisa, el propio instructor- respecto a los que no se ha comprobado su relación con los hechos ni el perjuicio sufrido.
Calama ha aprovechado la resolución en la que abre juicio oral contra el expresidente del Popular Ángel Ron, varios exdirectivos, dos auditores de PwC y la propia firma para rechazar las cuestiones incidentales planteadas por la auditora, que ha denunciado que hay cientos de supuestos perjudicados que no han acreditado "un mínimo vínculo" con los hechos acotados por el propio instructor como objeto de enjuiciamiento.
PwC ha examinado los escritos de acusación y ha encontrado a supuestos perjudicados que compraron acciones del Popular 24 años antes de la ampliación de capital de 2016, otros que adquirieron acciones de otras entidades ajenas al Popular y otros que aparecen duplicados.
Ha detectado incluso operaciones imposibles de compra de acciones por parte de personas que dicen haber sido perjudicadas, ya que son de fecha posterior a la resolución del Banco Popular el 7 de junio de 2017.
Calama, sin embargo, sostiene que las alegaciones de PwC deben ser objeto de tratamiento como cuestiones previas del juicio oral, algo que la auditora considera "eludir el problema y 'mirar para otro lado'”.
"Se busca trasladar al órgano de enjuiciamiento una responsabilidad que recae en el instructor", afirma en su recurso, recordando que, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo, el control de la concurrencia de la legitimación activa ha de ser efectuado por el propio instructor antes de abrir el juicio oral.