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Si un trabajador enferma o sufre lesión, ya sea si fue en horario laboral o no, puede acudir a su centro de salud y pedir un reconocimiento conocido como baja médica. Este documento firmado por un profesional sanitario sirve para que en su puesto de trabajo pueda justificar no trabajar durante un periodo determinado.

Este período conocido como baja laboral es uno de los derechos que poseen los trabajadores para justificar su ausencia en su puesto por motivos de salud. Sin embargo, aunque no trabajan durante este período de baja, el trabajador sigue cotizando.

Dado que el número de bajas laborales se ha disparado (más de 8 millones en 2023), suponiendo un gasto de alrededor de 14 millones de euros, el Gobierno ha decidido dar 'una vuelta de tuerca' a la situación.  

¿Cuáles son las nuevas condiciones en la baja laboral?

Ante esta situación, el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, bajo la batuta de Elma Saiz, ha detallado las nuevas condiciones para poder pedir la baja laboral de ahora en adelante.

La principal novedad es que las empresas tendrán que informar a la Seguridad Social acerca de las funciones de cada trabajador que pida dicha baja. A través de esta medida de verificación, la intención es ayudar a los evaluadores del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a determinar si realmente el estado de salud del trabajador es una justificación para que sea incapaz de poder realizar sus tareas dentro de la empresa.

La otra gran novedad es el nuevo sistema de revisiones médicas que plantea la Seguridad Social para los trabajadores con bajas justificadas. Es decir, a partir de ahora se empezarán a realizar más revisiones médicas para aquellos trabajadores que cuenten con una baja justificada y comprobar que su período de baja sea relativo a su enfermedad.

Esto preocupa a algunos trabajadores dado que es posible que, con estas nuevas revisiones, podrían tener que reincorporarse antes de conseguir la recuperación completa o antes de tiempo.

En relación con el tiempo de baja, la duración máxima se mantiene (así queda recogido en el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social). Es decir, que la duración máxima de una baja laboral seguirá siendo de un año con posibilidad de prorrogar otros 180 días.

Por tanto, el máximo en su totalidad está en 545 días de baja por incapacidad temporal. Después de este período, el trabajador tendrá que regresar a la empresa, o por el contrario, pasaría a tener una incapacidad permanente.

Con estas nuevas medidas, la Seguridad Social planea evitar fraudes de trabajadores con baja laboral injustificadas o prolongadas de forma innecesaria. A la par, evitar un derroche mayor por parte del Estado en pagar esos subsidios.