Publicada

Deseándolo o sin desearlo, hay situaciones por las que un ciudadano puede acabar con una deuda con Hacienda. Lo cierto es que deberle dinero a Hacienda puede llegar a ser más común de lo que pueda parecer a simple vista, ya sea por incumplimiento de obligaciones fiscales o por descuidos.

Sin embargo, aunque se cuente con esta deuda, bajo diferentes circunstancias o situaciones, Hacienda puede llegar a perdonar esta deuda al ciudadano.

Eso sí, hay que tener en cuenta que Hacienda no perdonará cualquier deuda sino solo hasta una determinada cuantía y cumpliendo unos requisitos.

¿Cómo puede perdonarte una deuda Hacienda?

El primer tipo de deuda que puede perdonar Hacienda es en aquellas cantidades inferiores a los tres euros. En 2022, Hacienda lanzó una resolución en el Boletín Oficial del Estado. En el mismo, especificó que las deudas previas al 1 de junio de 2022 podían ser perdonadas si eran de un importe menor a los tres euros.

La causa de este perdón por parte de la Dirección General de la Agencia Tributaria reside en ahorrarse los costes administrativos necesarios para reclamar estas cantidades, dado que sería superior al que se recuperaría. Por tanto, Hacienda llegó a la conclusión de que era más rentable perdonar las deudas que seguir el procedimiento para cobrarlas.

Por esa razón, si alguien cuenta con una deuda menor a los tres euros, puede solicitar el perdón. Hay que remarcar el límite en los tres euros, dado que si el importe está por encima, la medida no será aplicable. Así, en este tipo de deudas, si el deudor no lo paga, Hacienda sí podría iniciar un procedimiento de reclamación habitual.

Además del perdón de los tres euros, hay otro perdón que en este caso está amparado por la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta ley vigente desde 2015 defiende a deudores, personas físicas o autónomos que estén en estado de insolvencia para que no se queden fuera del sistema.

Por tanto, permite que si cuentan con unas deudas muy grandes y no las puedan pagar, se les pueda renegociar la deuda o cancelar una parte que deban.

Esta ley establece un límite por administración, es decir, a las deudas que se tengan ya sea con Hacienda, Seguridad Social o ambas. Así, el límite se fija en 10.000 euros por cada una de las administraciones.

Además, hay que destacar que al beneficiarse de la ley, también se incluyen otras ventajas como librarse de embargos por impagos o desaparecer de la lista de morosos.

Para poder ampararse a estas deudas hay que cumplir unos determinados requisitos:

-Ser residente legal en España.

-Tener como mínimo dos deudas con diferentes acreedores.

-No contar con la capacidad económica suficiente para pagar las deudas.

-No ser condenado por delitos de tipo socioeconómico.