Instalaciones de una delegación de la Agencia Tributaria, durante la campaña del IRPF.

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Así puedes acceder a las viviendas que subasta la Agencia Tributaria: pisos a partir de 5.000 euros

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Una vivienda en Getafe (Madrid), de 50 metros cuadrados, por 5.418,79 euros; otra en Alfafar (Valencia), de 90 metros cuadrados, por 48.674 euros; y una tercera en Gijón (Asturias), de 105 metros cuadrados, por 25.669 euros. Todos estos son algunos ejemplos de viviendas subastadas que se pueden encontrar en la Agencia Tributaria.

Son viviendas ofrecidas a partir de un precio reducido, por debajo del mercado. De hecho, pueden llegar a ser una salida para las personas que estén buscando vivienda y que no cuentan con los medios económicos necesarios para adquirir una.

Especialmente ahora que el precio de la vivienda sigue disparándose. De acuerdo con Idealista, el precio medio de la vivienda usada en noviembre de este 2024 se situó en 2.244 euros por metro cuadrado. Un incremento del 10,7% en comparación al mismo mes en 2023.

¿Cómo se accede a las subastas?

La Agencia Tributaria pone en subasta una serie de inmuebles embargados a aquellos contribuyentes que no han saldado sus cuentas con el organismo público. Y los subasta para conseguir ingresos.

Para aquellas personas interesadas, el camino para poder acceder a estas subastas es muy sencillo. Para empezar hay que acceder a Subastas (Portal de Subastas del BOE). A partir de ahí, el siguiente paso es acceder a ‘Gestiones’ y pinchar en ‘Buscador de bienes en subasta de la Agencia Tributaria’.

Luego hay que seleccionar el tipo de bien subastado. La Agencia Tributaria presenta inmuebles, vehículos o muebles. Eligiendo la opción de inmuebles aparecerán todos los disponibles repartidos por provincias. La persona que esté interesada podrá ver imágenes del bien subastado así como una descripción, su precio, la ubicación y la fecha límite de la subasta.

Una vez visto el inmueble en la web, ya sea casa, local, plaza de garaje o solar, y elegir el que mejor se adapta a las necesidades, deberás pujar por ti mismo.

¿Cómo pujar?

Para poder pujar hay que registrarse en la Agencia Tributaria con certificado digital, Cl@ve PIN y un DNI electrónico. Una vez se supera este paso, hay que seleccionar la subasta en la que se quiera participar.

Cumplido este requisito, hay que hacer un depósito del 5% del bien por el que se desea pujar. Por esa razón hay que indicar un IBAN de la persona que va a realizar el depósito y las pujar. Una vez se complete este paso, ya se podrá optar al inmueble.

Según explica Hacienda, la persona interesada podrá saber cuál es la puja más alta, la más alta realizada por él mismo, y el tiempo que queda para seguir realizando pujas. Si se da el caso de que dos pujas coinciden, tendrá prioridad la que se haya efectuado antes.

Si la persona gana la puja, el beneficiario deberá abonar el importe total en un período de 15 días. Si no es así, perderá el depósito del 5% antes indicado.

¿Qué hay que analizar detenidamente?

Sin lugar a dudas, la gran ventaja que da esta subasta es el precio. Según los expertos, el precio puede estar entre un 30% y un 50% por debajo del mercado. Sin embargo, hay que prestar especial atención a una serie de aspectos.

Para empezar, hay que tener en cuenta si la propiedad posee deudas o cargas asociados. Si es el caso, estas deberán ser asumidas por el comprador. Además, al competir con otros interesados, cabe la posibilidad de que el precio se eleve al final de la compra.

Otro de los baches tiene que ver con el estado real de la vivienda y si cuenta con inquilinos y okupas. A diferencia de la compraventa tradicional, en la que la vivienda se traspasa libre de cargas y ante notarios, esto no sucede en el sistema de subastas.

Asimismo, si la propiedad está en ruinas, es interesante adquirirla con este precio reducido para luego derribar el inmueble y construir una vivienda nueva. De ahí que muchas veces sean los inversores los que estén interesados en las propiedades.

Otra dificultad es que la propiedad sea compartida por parejas con un régimen de separación de bienes, o procedentes de una herencia. Así si uno de los propietarios está embargado, y su parte adquirida por un tercero, éste deberá negociar con los otros propietarios para obtener las partes restantes. O, en su casa, solicitar la división de la propiedad en común para separar la finca y venderla repartiendo las ganancias de forma equitativa.