Confirmado por los bancos: esta es la fecha en la que se cobrará el Ingreso Mínimo Vital de enero de 2025
- En función de los bancos, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) del mes de enero se cobrará en diferentes fechas.
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Con la subida de las pensiones del 2,8%, la Seguridad Social confirmó que este 2025 el Ingreso Mínimo Vital (IMV) también tendría una subida, en este caso del 9%.
El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda económica para las personas y familias en riesgo de pobreza que no cuentan con recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Es un derecho que garantiza un nivel mínimo de ingresos, promoviendo la inclusión social y laboral de los beneficiarios.
Sin embargo, en función del banco al que se haga la transferencia, los beneficiarios de la prestación verán el dinero de su cuenta en fechas diferentes.
¿Cuándo recibiré el Ingreso Mínimo Vital en enero?
Cabe destacar que si bien el IMV tendrá una subida prevista a partir del 1 de enero, no será hasta final de mes que esto se vea reflejado en la cuenta de los beneficiarios.
Esto se debe a que el método de pago es a mes vencido. Es decir, que la transferencia se procesa y aparece en cuenta en el mes siguiente al servicio prestado. Algunos ejemplos de este tipo de pagos son las pensiones, las facturas de suministros o el mismo IMV.
Eso sí, las fechas están sujetas a cambios por fines de semana, festivos locales o cambios internos en las entidades bancarias.
-Banco Santander: 25 de enero
-Bankinter: 24 de enero
-CaixaBank: 24 de enero
-Banco Sabadell: 25 de enero
-BBVA: 25 de enero
-Ibercaja: 25 de enero
-ING: 25 de enero
-Openbank: 25 de enero
-Kutxabank: 26 de enero
-Abanca: 26 de enero
-Deutsche Bank: 29 de enero
-Unicaja Banco: 31 de enero
-Cajas Rurales: Entre el 25 de enero y el 1 de febrero
-Cajamar: 1 de febrero
-EVO Banco: 1 de febrero
¿Cómo puedo cobrar el IMV?
Para poder recibir el IMV es necesario cumplir una serie de requisitos:
-Tener residencia legal y efectiva en España durante el último año. Hay excepciones para menores añadidos a la unidad de convivencia, víctimas de trata o explotación sexual, y mujeres víctimas de violencia de género.
-Estar en situación de vulnerabilidad económica. Hay que demostrar una situación económica desfavorable considerando el patrimonio neto, los activos no societarios y los ingresos o rentas.
-En el caso de unidad de convivencia, debe existir desde hace al menos seis meses.
Para determinar esta situación de vulnerabilidad, se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante.
En el caso de la cuantía, esta depende la unidad de convivencia. Un adulto individual recibirá 7.905,72 euros al año mientras que un adulto y un menor 10.277,52 euros y así sucesivamente en función de que sean más adultos y menores en la unidad de convivencia.