Fotografía de una llave con un llavero de una casa.

Fotografía de una llave con un llavero de una casa. Istock

Invertia

Si quieres un seguro de alquiler, toma nota: pueden denegarlo si casero e inquilino no cumplen una serie de requisitos

Mariana Goya
Publicada

El 14,4% de los contratos de alquiler en España experimentan impagos. Así queda reflejado en los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Precisamente por este motivo, los seguros de impago de alquiler han surgido como una herramienta fundamental para aquellos propietarios que buscan protegerse a nivel financiero. 

Y es que, gracias a estas pólizas, es posible mitigar los riesgos económicos derivados de la morosidad, además de contar con una red de seguridad frente a posibles daños al inmueble o asistencia legal. 

Sin embargo, no todos los propietarios e inquilinos son 'aptos' para este tipo de seguros, dando que hay una serie de requisitos que deben cumplir para acceder a ellos.  

Pero ¿qué cubre el seguro de impago por alquiler? Cómo su propio nombre indica, se trata de una garantía financiera para los propietarios, ya que protege las rentas impagadas y minimiza el impacto económico de un proceso de desahucio. Además, estas pólizas suelen cubrir gastos legales y ofrecer coberturas opcionales, como la sustitución de cerraduras, limpieza del inmueble tras un desalojo o reparaciones básicas

Por otro lado, los inquilinos también pueden contratar pólizas, como aquellas destinadas al hogar, para proteger sus bienes personales y asumir responsabilidades frente a terceros. Sin embargo, la parte fundamental del seguro de impago se orienta hacia la protección del propietario. 

Requisitos para propietarios 

Los dueños del inmueble deben cumplir con una serie de condiciones que garantizan la idoneidad de la vivienda y el correcto cumplimiento de las normativas legales para poder acceder a los seguros por impago. 

En primer lugar, el estado del inmueble es primordial. La vivienda ha de estar en buenas condiciones de habitabilidad y su construcción no debe superar los 50 años de antigüedad, salvo que haya sido recientemente rehabilitada. 

Si quieres optar a un seguro de impago es totalmente imprescindible que se presente la documentación adecuada. Esto incluye la cédula de habitabilidad, la escritura pública de compraventa y el contrato de arrendamiento firmado por ambas partes y siempre de larga duración. 

Además, este mismo contrato debe exponer el motivo del uso de la vivienda, garantizando que no se trata de un uso turístico u ocasional. ¿El motivo? Las aseguradoras exigen que se trate de un alquiler tradicional, sin modelos como la multipropiedad. 

Requisitos para los inquilinos

El inquilino también debe cumplir una serie de condiciones estrictas, ya que las aseguradoras se comprometen a asumir las deudas en caso de impago. Si bien es cierto que cada compañía de seguros puede tener unos requisitos diferentes, hay algunos que suelen ser comunes para todas ellas. 

  • Solvencia económica. Los ingresos del inquilino deben permitirle cubrir el alquiler sin superar un 40% de su renta mensual. Para demostrarlo, suelen solicitarse documentos como las últimas nóminas, la declaración de la renta o los informes de ingresos. 
  • Estabilidad laboral. Un contrato laboral superior a un año es un requisito básico. En el caso de los autónomos, se pide una evidencia clara de ingresos estables mediante facturación o declaraciones de IVA. 
  • Ausencia de registros de morosos. El inquilino no debe estar inscrito en bases de datos como el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), lo que garantiza un historial limpio en relación con alquileres anteriores. 

Y es que la solicitud de un seguro de impago de alquiler no está garantizada y existen diversos motivos por los que puede ser rechazada.

Entre ellos, los mencionados anteriormente, es decir, si el candidato no cumple con el criterio del 40% de sus ingresos o presenta un historial crediticio negativo, no será apto. Otra posibilidad es en el caso de que inquilino o propietario carezca de la documentación adecuada, o si el inmueble no cumple con las condiciones requeridas. 

Ventajas de los seguros de alquiler

Los seguros de impago ofrecer multitud de beneficios. En primer lugar, y como ya podrás suponer, la cobertura de rentas impagadas. Es decir, en caso de dar con un inquilino moroso, la aseguradora abona al propietario las mensualidades atrasadas una vez iniciado el procedimiento legal (y esta cobertura se extenderá en tanto en cuanto esté estipulado en la póliza). 

Incluye asesoría jurídica y cubre los costes de los procesos judiciales o extrajudiciales derivados del impago. Pero no solo aborda cuestiones económicas, también protege frente a los daños, incluyendo la reparación de desperfectos causados por el inquilino. 

Además, hay quienes ofrecen servicios como la limpieza post desalojo o la sustitución de cerraduras. Sin embargo, estas opciones no son obligatorias a todas las compañías porque, al igual que con los requisitos, sus ventajas también dependen de la aseguradora por la que decidas decantarte.