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Hacienda vuelve a llamar a la puerta de los españoles, incluidos los jubilados que perciben una pensión contributiva. Una campaña, la de la declaración de la Renta, que arrancará el próximo 2 de abril y que concluirá el 30 de junio.

Más allá de la no aprobación, de momento, del decreto ‘ómnibus’, que recogía la subida de las pensiones para 2025, hay otro elemento que conviene ser tenido en cuenta para este colectivo.

Pero antes de entrar en detalle, conviene recordar que dicho decreto recogía una subida del 2,8% para las pensiones contributivas, según los datos del Índice de Precios al Consumo (IPC). En España hay 10,3 millones de pensiones contributivas que perciben 9,3 millones de personas.

¿Por qué las pensiones contributivas están sujetas al IRPF?

La respuesta a esta pregunta es muy sencilla. Y es que, al igual que los salarios, las pensiones contributivas se clasifican como rendimientos del trabajo. Por tanto, están sujetas al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Según los datos de la Seguridad Social, la pensión media contributiva en España fue de 1.449,9 euros mensuales en diciembre. Si se aplica ese 2,8% (recordemos, en el aire por la caída del decreto 'ómnibus'), esa cantidad subiría hasta los 1.490,5 euros. Por tanto, 40,6 euros más en 12 pagas. En total, 568,4 euros al año.

¿Pagan todos los jubilados el mismo IRPF?

No. Conviene recordar que el IRPF es un impuesto progresivo. ¿Qué significa esto? Que la tasa impositiva aumenta a medida que lo hace el nivel de ingresos del contribuyente. Por tanto, quienes tienen mayores recursos económicos son los que acaban pagando una proporción mayor de sus ingresos.

De esta manera, cuanto más se gana, habrá mayor retención a aplicar en la nómina del trabajador, o cuanta más pensión se percibe, habrá también mayor retención. Esa retención se efectúa teniendo en cuenta una serie de tramos. Tramos que son diferentes atendiendo a los ingresos. Y si los ingresos de los jubilados suben, y pasan de un tramo a otro, acabarán pagando más a Hacienda.

Antes de explicar cuáles son esos tramos, conviene reseñar que hay dos tipos diferentes: por un lado, el estatal, cuya recaudación acaba en manos del Estado; y, por otro, el autonómico, que como es lógico acaba en las diferentes CCAA.

Hecha esta aclaración, son seis los tramos del IRPF que actualmente están en vigor. ¿Cuáles son? Para ingresos brutos anuales de hasta 12.450 euros, un 9,5% estatal y un 9,5% autonómico. En total un 19% de retención, hasta 2.365 euros.

Para ingresos de 12.451 a 20.200 euros, ese porcentaje es del 12% tanto para el estatal como para el autonómico. En total, un 24% de retención, desde 2.988 hasta 4.848 euros. El tercer tramo abarca ingresos de 20.201 a 35.200 euros, y el total de retención es del 30% (15% estatal y otro 15% autonómico).

Y el cuarto hace referencia a ingresos de 35.201 a 60.000 euros. En este caso, la retención es de un 18,5% estatal y autonómico. En total, un 37%, desde 13.204 a 22.200 euros. El quinto, por su parte, afecta a ingresos de 60.001 a 300.000 euros. Hablamos de un 45% de retención (22,5% estatal y otro tanto autonómico), desde 19.190 a 27.000 euros.

Mientras que para aquellos trabajadores con ingresos brutos anuales por encima de los 300.001 euros, la retención es del 47%: 24,5% estatal y 22,5% autonómico, a partir de 141.000 euros.

Asimismo, y por último, hay pensiones contributivas que no están obligadas a pagar este impuesto. Por ejemplo, las pensiones de incapacidad permanente o gran invalidez o las de orfandad.