Una oficina del SEPE.

Una oficina del SEPE. iStock

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El SEPE avisa: estas son las razones por las que podrías dejar de recibir el paro en 2025

Si se cumple alguno de los motivos que expone el SEPE, el contribuyente puede perder el derecho al paro de forma temporal o permanente. 

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Cuando un trabajador pierde su trabajo, en función de su contribución a la Seguridad Social, consigue una prestación por desempleo (popularmente conocida como paro) con la que puede vivir en su día a día hasta poder encontrar un nuevo empleo. 

Sin embargo, de acuerdo con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), hay una serie de razones por las que un contribuyente podría perder ese derecho a paro y dejar de recibir la prestación.

Según las últimas estadísticas del SEPE, el paro registrado a final del año 2024 fue de 2.560.718 personas, un 5,4% menos que un año antes. Se trata de la cifra más baja desde el mes de diciembre de 2007.

¿Por qué razones te puede suspender el SEPE el paro?

Según la propia web del SEPE, la prestación por desempleo es una ayuda que busca proteger a quienes pudiendo y queriendo trabajar pierden su empleo de forma temporal o definitivamente. O si ven reducida su jornada en al menos un tercio (entre un 10% y un 70%) con la pertinente pérdida de salario. 

Esta protección cubre a: trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General, personal contratado por la Administración Pública y funcionarios, y trabajadores en regímenes especiales con protección por desempleo.

Así, una vez consigues la aprobación del paro por parte del SEPE, eso no significa que sea derecho que no se puede perder. Es decir, que si se incumple alguna de las condiciones que indica el SEPE, la Seguridad Social dejará de pagarte y de cotizar por ti. Sin embargo, no reduce el tiempo total de prestación, salvo en casos de sanción.

Para poder llegar a este punto deben cumplirse alguno de los diferentes motivos que señala el SEPE y que te contamos a continuación.

-Si recibes una sanción por infracciones leves y graves.

-Mientras cumples condena en la cárcel, salvo que demuestres que los ingresos de tu unidad familiar no excedan el salario mínimo interprofesional (SMI).

-Trabajar por cuenta ajena en un período de menos de 12 meses.

-Trabajar por cuenta propia en una duración inferior a los 14 meses en caso de ser autónomo.

-Encontrarse en un proceso judicial laboral si hay un recurso pendiente sobre tu despido.

-Si tienes un traslado temporal al extranjero por motivos de trabajo, formación o cooperación (menos de 12 meses).

-Por una estancia en el extranjero en un período continuado o no de hasta 90 días al año.

-No presentando los documentos requeridos por el SEPE en el plazo establecido.

-No estar inscrito como demandante de empleo, salvo si trabajas por cuenta ajena a jornada completa y lo compatibilizar con el subsidio como apoyo al empleo.

-Si incumples el acuerdo de actividad.

-No presentando la declaración de la Renta.

-Si eres trabajador fijo discontinuo y decides no reincorporarte a tu puesto de trabajo sin causa justificada.

-Para mayores de 52 años, también se suspende si no presentas la declaración anual de rentas en el plazo establecido. Además, si la suspensión dura más de 12 meses sin solicitar la reanudación, pueden denegarte el subsidio.

¿Cómo puedo reanudar el derecho a paro?

A pesar de que el SEPE te pueda suspender la prestación por desempleo, lo cierto es que esto no significa que se pierda del todo este derecho. Al contrario, es posible reanudarlo posteriormente.

No obstante, para poder reanudar la prestación suspendida puede ser de forma automática o por solicitud del beneficiario. En el caso de la primera situación, sería si la suspensión fue por una sanción y el tiempo de prestación no ha terminado.

Por otro lado, a solicitud del contribuyente se puede reanudar si la suspensión fue por alguna de las otras razones previamente mencionadas. Para poder reanudar el derecho, es necesario demostrar que la causa de suspensión ha terminado y se cumplen los requisitos de desempleo.

Si no cumples con los requisitos de ingresos o cargas familiares en ese momento, puedes solicitar la reanudación más adelante.

Para poder solicitar la reanudación tendrás un plazo de 15 días hábiles tras finalizar la causa de suspensión. Si lo haces fuera de plazo, perderás los días de prestación correspondientes al retraso.

El procedimiento para presentar la solicitud de la reanudación del paro, se puede hacer a través de sus diferentes medios: vía online en la página web del SEPE, a través del teléfono de atención a la ciudadanía, en la oficina de prestaciones con cita previa, por correo administrativo o en cualquier oficina de registro público.

¿Por qué el SEPE puede quitar el paro definitivamente?

Como hemos mencionado anteriormente, hay varios motivos por las que el SEPE puede suspender el paro de forma temporal y luego reanudarlo.

No obstante, también hay una serie de razones que significarán la pérdida total del paro. Es decir, que no habría posibilidad de solicitar una reanudación. 

Las causas para extinguir o perder de forma definitiva el paro serían las siguientes que te contamos a continuación:

-Si finaliza el periodo de duración de la prestación.

-Por traslado al extranjero del beneficiario, salvo en casos de suspensión.

-Por fallecimiento o renuncia voluntaria al derecho.

-Pasar a ser pensionista por jubilación o invalidez permanente.

-Trabajar por cuenta ajena durante 12 meses o más.

-Trabajar por cuenta propia durante 60 meses o más si cotizas en el Régimen de Autónomos o del Mar. O por el contrario 24 meses o más si cotizas en una mutua alternativa al Régimen Especial, Cuenta Propia o Autónomos.

-En caso de recibir una sanción por reincidencia o infracciones graves/muy graves.

-En caso de no reanudar la prestación en 6 años desde su suspensión.