Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo en el Consejo de Ministros..

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo en el Consejo de Ministros.. Carlos Luján / Europa Press

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Las nuevas multas que trae la reducción de la jornada laboral si no se cumple: estas son las cantidades por trabajador

Te contamos cuáles son las cantidades que tendrán que desembolsar las empresas si se saltan lo estipulado en la norma.

Más información: Lo que sabemos y lo que no sabemos del plan de Díaz y Cuerpo para reducir la jornada laboral a 37,5 horas

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Finalmente ha habido ‘fumata blanca’ entre los ministerios de Trabajo y Economía, entre Yolanda Díaz y Carlos Cuerpo, y el Consejo de Ministros del pasado 4 de febrero aprobó el anteproyecto de ley para la rebaja de la jornada laboral hasta las 37,5 horas semanales.

Se trata de un paso más desde que, el pasado mes de diciembre, el ministerio bajo la batuta de Yolanda Díaz y los sindicatos CCOO y UGT (es decir, Unai Sordo y Pepe Álvarez) firmaron un acuerdo al respecto.

Ni las patronales CEOE y Cepyme quisieron formar parte del mismo. El argumento que pusieron sobre la mesa es que la jornada laboral es una materia que debe fijarse mediante la negociación colectiva.

¿Cuándo podría entrar en vigor?

Antes de responder a la pregunta, conviene recordar que la rebaja de la jornada laboral era una de las medidas que tenía ‘entre ceja y ceja’ la ministra Díaz para esta legislatura. Además, formaba parte del acuerdo de gobierno que en su día firmaron el PSOE y Sumar.

Según los datos del Ministerio de Trabajo, dicha medida beneficiará a alrededor de 12 millones de trabajadores. Hay sectores, como el comercio, el agroalimentario, o la hostelería que ya se han mostrado disconformes con el anteproyecto.

Para que se apruebe definitivamente, primero debe pasar por los informes del Consejo de Estado y del Consejo Económico y Social (CES). Posteriormente, deberá volver al Consejo de Ministros como proyecto de ley. Algo que podría ocurrir a finales de febrero.

Más tarde, se tramitará en el Congreso de los Diputados. En la Cámara Baja, los distintos grupos parlamentarios podrán introducir enmiendas antes de su aprobación definitiva. Podría darse el caso, como sucedió con el decreto ´ómnibus’, que fuese rechazado.

Si todo va ‘miel sobre hojuelas’, antes del verano podría estar publicada la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE). ¿Y cuál sería el plazo para aplicarla?

En el caso de aquellos convenios colectivos con más de 37,5 horas semanales tendrían hasta el 31 de diciembre para adaptarse a la nueva jornada.

¿Cuáles son las multas que incluye el anteproyecto?

A modo de resumen, serán más onerosas económicamente para las empresas que incumplan la normativa. Es decir, para aquellas que no realicen el preceptivo registro horario y la reducción de la jornada a 37,5 horas semanales.

Además, otra novedad es que, hasta ahora, se multaba a las empresas de manera global, no por cada trabajador con el que se incumplen las normas, como será una vez se apruebe la ley.

En el caso concreto de la cuantía de las multas, habrá tres niveles: mínimo, de 1.000 a 2.000 euros (recordemos, por trabajador); medio, de 2.001 a 5.000 euros; y máximo, de 5.001 a 10.000 euros. Con anterioridad, el máximo era de 7.500 euros.

Cantidades que se aplicarán si no se cumplen los límites legales en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extra, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos y registro de jornada.