Imagen de archivo de una llave en una casa.

Imagen de archivo de una llave en una casa. Shutterstock

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Jarro de agua fría para los propietarios: qué ocurre cuando un inquilino cambia la cerradura de su piso alquilado

La Ley de Arrendamientos Urbanos protege el derecho de los inquilinos a la hora de poder decidir sobre su vivienda.

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Junto a los precios elevados de la vivienda, que ha logrado máximos en 2024 tanto el compra como en alquiler, hay otro tema que quita el sueño: la okupación. De ahí que la vivienda sea uno de los temas que más preocupan a los ciudadanos. 

Por esa razón, cualquier movimiento y decisión que tome un inquilino o propietario en relación a la vivienda, se mira con lupa. Pero para eso está la ley que, por ejemplo, deja claro qué ocurre si un inquilino decide cambiar la cerradura del piso sin antes avisar al propietario del inmueble alquilado.

En España, actualmente hay alrededor de 3 millones de viviendas en alquiler. De ellas, tres de cada cuatro casas, es decir más de 2 millones de viviendas, son propiedad de personas físicas de acuerdo con datos del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

¿Puedo cambiar la cerradura del piso sin avisar a mi casero?

Un arrendador o propietario es el dueño de la vivienda, el que recibe una cantidad de dinero a cambio de alquilar su vivienda a un inquilino, que a su vez está obligado a pagar por ello. Por otro lado, un inquilino o arrendatario es la persona que adquiere el derecho a usar un inmueble a cambio de un pago.

La relación entre propietario (o casero) e inquilino sigue una serie de derechos y obligaciones marcados por un contrato previamente firmado por ambos y, sobre todo, protegido por la Ley.

De tal manera, es posible que, por temas de seguridad, el inquilino tome la decisión de cambiar la cerradura. En ese caso, el arrendatario tiene total derecho de llevar adelante hacerlo aunque no sea el propietario del inmueble y correr con el coste de esta acción.

Además, a pesar de que en primera instancia pueda parecer que el propietario tiene voz y voto en dicho cambio de cerradura, lo cierto es que no es así. El inquilino tiene total derecho de cambiar la cerradura sin que el arrendador pueda negarse. Sin embargo, es aconsejable que lo hablen antes para así mantener una buena relación entre ambas partes.

De hecho, tampoco es obligatorio que, tras el cambio de cerradura, el inquilino deba entregar una copia de las nuevas llaves al propietario. Según el artículo 18.2. de la Constitución, el domicilio es inviolable, por lo que el propietario no puede acceder a la vivienda sin el permiso del inquilino.

El propio Art. 202 del Código Penal indica que el propietario que entre a la vivienda en contra de la voluntad del inquilino estará cometiendo un delito que puede llegar a ser castigado con prisión de seis meses a dos años.

Asimismo, al no poder acceder a la vivienda, tampoco es posible que el arrendador cambie la cerradura sin el permiso del inquilino. Aunque existan problemas por impago o hayan habido desperfectos, el casero no puede cambiar la cerradura.

En ese sentido, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el derecho que beneficia a los propietarios es que si no han autorizado la realización de obras, cuando finalice el contrato, el inquilino debe entregar el inmueble en su estado anterior. 

Esto quiere decir que, cuando acabe el contrato de alquiler, el inquilino que haya cambiado la cerradura, entonces debe reponer la cerradura original para devolver la vivienda tal y como la encontró.