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Se le deniega el complemento de maternidad a un pensionista por ser hombre y ahora recibe una indemnización
Una sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Burgos le ha reconocido el derecho a percibir una indemnización de 1.800 euros.
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Los hechos se remontan a mayo de 2022. Entonces, el pensionista consiguió que se le reconociera el complemento por maternidad con una revalorización del 5% de su pensión y unos atrasos de 6.967,67 euros.
Más tarde, volvió a los tribunales para reclamar la indemnización por la discriminación sufrida. Y, ahora, una reciente sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Burgos le ha reconocido el derecho a percibir una indemnización de 1.800 euros tras tener que haber acudido a la vía judicial para conseguir dicho complemento en su pensión.
Dicha sentencia se basa en los criterios establecidos por el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que giran en torno al derecho a ser indemnizado cuando el complemento de maternidad fue denegado inicialmente al pensionista por el hecho de ser hombre.
Recordemos: la sentencia de pleno del Tribunal Supremo, del 15 de noviembre de 2023, fijó en 1.800 euros la cuantía adecuada para compensar los daños derivados de esta discriminación por razón de sexo.
Lo que ha hecho la resolución del juzgado burgalés es seguir esta doctrina y otorgar los 1.800 euros en concepto de daños y perjuicios. En concreto, considera que cubre la totalidad del perjuicio sufrido en lo que se refiere tanto a la inquietud moral como a las molestias materiales de tener que litigar para obtener el complemento.
Trato desigual
La defensa del Instituto Nacional de la Seguridad (INSS) en este caso fue que había expirado el plazo legal para reclamar la indemnización. Sin embargo, la magistrada del caso concluyó que el demandante realizó actuaciones que interrumpieron el cómputo de dicho plazo.
Así, y gracias a esos actos interruptivos (como las reclamaciones administrativas previas realizadas en 2024), el pensionista mantuvo vigente su derecho a ser indemnizado. De esta manera, la excepción de prescripción fue desestimada.
“Esta sentencia supone un hito en la defensa de los derechos de los pensionistas discriminados. Reconoce que la vulneración no se resuelve solo con conceder el complemento atrasado, sino también indemnizando el perjuicio que el pensionista ha sufrido por tener que recurrir a la justicia”, afirma María Ruíz, directora de Unive Abogados Valladolid y encargada del caso.
A la luz de esta sentencia, todo pensionista que en su día solicitase el complemento de maternidad y le fuese denegado por motivo de su sexo, puede revisar su situación y reclamar lo que les corresponde.
“Muchos pensionistas podrían desconocer que, aunque ya estén percibiendo el complemento gracias a un fallo judicial, pueden reclamar esta indemnización adicional por los daños ocasionados. Es un derecho que busca resarcir el trato desigual sufrido y que ha sido respaldado por la jurisprudencia más reciente”, apuntan desde Unive Abogados.