Un tribunal francés ha cancelado una decisión de la Región Sur-Este de Francia (Provenza-Alpes-Costa Azul) de realizar una serie de pruebas con reconocimiento facial en la entrada de dos escuelas secundarias, considerando que esto sería ilegal. Esta es la primera decisión de un tribunal galo que aplica el Reglamento general de protección de datos (GDPR) sobre tecnologías de reconocimiento facial.
La autoridad de protección de datos francesa (CNIL) ya apuntaba que estos mecanismos biométricos son especialmente intrusivos, ya que conllevan riesgos para la privacidad y las libertades civiles, sobre todo, si se trata de menores de edad. En este sentido, la entidad reguladora francesa recomendaba implementar otros sistemas menos intrusivos.
El objetivo inicial de esta medida era controla el acceso en estos dos centros educativos para "evitar robos o un mal uso de las tarjetas de identidad" que permiten la entrada en los recintos y, en principio, se contaba con el consentimiento de los estudiantes.
Sin embargo, tres organizaciones (
la interpretación de CNIL del reglamento sobre la protección de datos y propone "medios menos intrusivos". Alega las autoridades regionales no han demostrado por qué el control de acceso mediante tarjeta de identificación, posiblemente junto a la videovigilancia, ha sido "insuficiente para lograr los propósitos" de controlar la entrada en el recinto educativo.