La tribuna
Reforma del Impuesto de Sociedades: un riesgo para el futuro de la I+D
Esta modificación en los PGE desvirtúa el estímulo que supone el sistema de deducciones por I+D
El pasado 11 de octubre, el Gobierno y Podemos firmaron un acuerdo con diversas medidas a incluir en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. Una de ellas es la reforma del Impuesto de Sociedades, por la que empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones deberán pagar un importe mínimo del 15% de la base imponible, limitándose, por tanto, la aplicación de deducciones y bonificaciones.
En dicho acuerdo se señalaba que la medida era necesaria para, entre otros objetivos, favorecer el empleo y desarrollar una auténtica política de Ciencia e Innovación que contribuyese al cambio de modelo productivo y al crecimiento económico. En contra de la creencia generalizada, en la actualidad, las deducciones fiscales para fomentar la realización de actividades se reducen a tres, siendo dos de ellas las relativas a la realización de actividades de I+D y creación de empleo. Resulta cuanto menos sorprendente comprobar que, con vistas a favorecer la creación de empleo, así como promover la actividad innovadora en las empresas españolas, la medida que se pretenda adoptar sea limitar el incentivo fiscal a las empresas que aumentan su plantilla, así como aquellas que apuestan por el I+D como uno de los elementos clave para su competitividad empresarial.
La capacidad recaudatoria de esta medida es incierta, pero de lo que no hay duda es de que esta modificación normativa desvirtúa el necesario estímulo que supone el sistema de deducciones por I+D, que ha sido defendido por todos los gobiernos españoles.
Resulta evidente que las empresas deben maximizar el retorno de sus inversiones, especialmente en el caso del I+D, cuyo rendimiento económico depende del potencial éxito de las investigaciones realizadas y de los productos desarrollados. Limitar la aplicación de las deducciones a un importe máximo -siempre que no se utilicen otros beneficios fiscales- del 40% de la cuota íntegra (frente al 50% previsto actualmente para las empresas que realizan un mayor esfuerzo en la inversión en I+D, o sin límite para las empresas que deciden monetizar su deducción vía cheque fiscal) desincentiva a las empresas que operan en España en lo que se refiere a potenciar sus inversiones en I+D.
Debido a esta nueva restricción, las proyecciones a medio/largo plazo que justificaban la posibilidad de incurrir en gastos e inversiones deberán ser corregidas a la baja, toda vez que las deducciones fiscales, necesarias en una actividad con un importante grado de incertidumbre, serán menores. Todo ello, con el consecuente impacto en la ya mermada rentabilidad de los proyectos de I+D y en la reducida capacidad inversora de las empresas españolas.
En un país en el que la inversión por I+D se queda en un preocupante 1,19% del PIB -la media de la Unión Europea se sitúa en el 2%- y en el que la inversión privada apenas supera el 50% -cuando en los países más avanzados representa dos tercios-, ¿en qué condiciones podrán las empresas de cierto volumen seguir invirtiendo en I+D si desde el Gobierno no se les apoya a mantener, o incluso incrementar, dicha inversión?
En este sentido, este cambio en las condiciones establecidas no favorece la competitividad, por cuanto en un escenario económico en el que prácticamente todos los países de nuestro entorno fomentan las actividades innovadoras a través de incentivos fiscales, España no solo se quedaría atrás, sino que -lo que es peor- acentuaría la percepción internacional de que el marco fiscal español no es seguro. Ello supondría un hándicap para que empresas multinacionales decidan instalar sus centros de investigación en nuestro país, o asignar proyectos de I+D a su centro en España, reduciéndose así tanto la capacidad de atracción de inversión de nuestra economía como la posibilidad de crear empleo de calidad, en especial en el sector investigador.
El impacto negativo de esta medida se agrava además si se tiene en cuenta que el incremento de las deducciones no aplicadas consecuencia de las nuevas limitaciones que se quieren imponer, poseen un plazo máximo para su efectiva utilización. Por ello, salvo que se tomen medidas adicionales como apostar por el régimen de monetización o eliminar la caducidad de las deducciones, las empresas se verán potencialmente forzadas a ir abandonando la actividad de I+D desarrollada en España. Este evidente efecto perjudicial para nuestra economía no se verá compensado, en nuestra opinión, por el incremento del presupuesto público de I+D que ha pactado el Gobierno.
Por todo ello, las multinacionales con larga trayectoria innovadora e inversora en España sugerimos que, a lo largo de la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de Presupuestos del Estado, se revise esta medida. Sin ello, será difícil no ya incrementar la tan necesaria inversión en I+D, sino incluso mantener la ya precaria situación actual. No hace falta mencionar por tanto el efecto devastador que una total derogación del régimen de deducciones fiscales por I+D+i, a día de hoy hipotética, podría suponer para la innovación en nuestro país.
Esta nueva propuesta legislativa supone, en definitiva, una razón más para preocuparnos por el futuro de la investigación en España.
Marta Moreno de Alborán, Pablo Navazo y Antonio Queizán, responsables de Asuntos Fiscales en HP, Alstom y Ericsson, empresas miembro de la Fundación I+E Innovación España.