Una de las consecuencias que tuvo el confinamiento al que nos abocó el covid fue la toma de conciencia de la incontestable función social que tiene la cultura. La cultura vino a nuestro rescate en la época del covid y todos sin excepción sentimos que gracias a ella pudimos disfrutar de una vida algo más digna.
El disfrute de libros, cine y música se disparó en aquel periodo. Era lo único que nos quedaba. Porque como bien señaló el poeta romántico alemán Hölderlin, poniendo en palabras claras el valor de la cultura, “lo que permanece lo fundan los poetas”.
No es casualidad, pues, que tras haberse superado la crisis del covid, la UNESCO procediese a afirmar la cultura como un bien público mundial de carácter esencial para nuestras sociedades (2022), o que los ministros de Cultura de la Unión Europea, adoptaran la Declaración de Cáceres (2023) en la que se incluyó el compromiso de considerar la cultura como un bien público esencial y de ponerla en el centro de las políticas públicas al más alto nivel político.
La cultura ya estaba considerada en la Constitución Española como un valor o principio básico del Estado social, democrático y de derecho y, desde su preámbulo, se proclama la voluntad de promover el progreso de la cultura, al mismo nivel que la economía, para asegurar a todos una digna calidad de vida.
No es por tanto casual que la localización del derecho de acceso a la cultura (Art. 44), esté entre el derecho a la salud (Art. 43) y el derecho al medioambiente (Art. 45), pues estos tres últimos artículos se refieren a aquello que deviene esencial para la vida misma.
Y es en este punto en el que cobran protagonismo las finanzas sostenibles y la inversión de impacto, alrededor de las cuales parte del sector privado y del tejido empresarial han querido abandonar la neutralidad, alineándose con los intereses generales y participando en la solución de los desafíos sociales y medioambientales, mediante la creación de modelos empresariales más responsables. Ya que, si bien la inversión de impacto ha visto en el sistema educativo o en la salud unos campos a los que dirigir su esfuerzo e intereses de manera muy natural, pues se percibe con claridad su vinculación con los derechos fundamentales, no ha sucedido lo mismo, al menos en España, con la cultura.
Es por ello que estos reconocimientos jurídicos institucionales de la esencialidad y centralidad de la cultura son realmente importantes para llamar la atención sobre la necesidad de que los retos desatendidos en materia de derechos culturales también pueden, y deben, ser objeto del interés de los inversores de impacto, pues con su intervención se contribuirá a garantizarnos a todos una vida mucho más digna.
Sin embargo, que la inversión de impacto tome plena conciencia de la esencialidad y del valor intrínseco de la cultura es un objetivo que todavía no se alcanzado en España al mismo nivel que se ha hecho en otros países de nuestro entorno.
En el reciente informe Hacia la creación de un Fondo de Impacto en Cultura, editado por La Cultivada, se pone de relieve un mapeo mundial de fondos de impacto en las industrias culturales y creativas, con el objetivo de resaltar el potencial que tiene la cultura como sector y enfatizar la necesidad de que, también en España, se movilice el capital de impacto que catalice su desarrollo.
En dicho estudio se han identificado más de 35 fondos de inversión de impacto en todo el mundo que se dedican exclusivamente a la financiación de las industrias creativas y culturales o que incluyen al sector como una vertical de inversión.
La estructura de inversión de estos fondos internacionales es muy diversa, en cuanto a los activos invertidos, a los tipos de inversores o al tipo de inversión. También existe una diversidad importante en el modo en el que se definen y miden los impactos.
Así, por ejemplo, de los siete fondos analizados en profundidad en el estudio, cinco de ellos están compuestos completamente por inversión privada, mientras que dos son fondos mixtos, en los que se combina inversión privada o pública. Sólo dos de los fondos están totalmente invertidos por fundaciones y, en relación con el tipo de inversión, la mayoría canalizan su inversión a través de préstamos. Es importante resaltar también la conveniencia detectada de contar con asistencia técnica, principalmente para la correcta medición del impacto.
Sin embargo, lo más importante del informe Hacia la creación de un Fondo de Impacto en Cultura, no es tanto tomar dichos datos para replicar o importar un modelo de fondo, tal cual hayan sido definidos en otros países, sino invitar, tanto al sector del impacto español, como al sector público, a que miren de manera conjunta hacia la cultura y a que reflexionen sobre cuáles pueden ser los modelos españoles, teniendo en cuenta las particulares necesidades desatendidas, que en materia de cultura, podemos detectar en España.
Las declaraciones mundiales a las que hemos hecho referencia, junto con el cambio de paradigma que supone el desarrollo de las finanzas sostenibles y de la inversión de impacto pueden facilitar que, al fin, finanzas y cultura se vuelvan a aliar como en épocas precedentes de, la historia de las ideas, generando valor para los inversores, la cultura y, por tanto, para la sociedad española en su conjunto.
***Patricia Gabeiras es Doctora en Derecho de la Cultura y socia de Gabeiras & Asociados.