El impuesto tiene dos tipos de gravamen, de ocho céntimos por litro y de 12, según la cantidad de azúcar de la bebida, y debe repercutirse al consumidor final, ya que su objetivo es reducir el consumo excesivo de estos productos.
Se trata de un impuesto de pago trimestral que el Govern anunció en noviembre, pero que se tramitó a través de la ley de acompañamiento de los Presupuestos 2017 de la Generalitat, que no se ha publicado hasta este jueves en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (Dogc).
El Govern ha decidido aplazarlo por cómo ha ido el calendario parlamentario, que ha provocado que el margen entre la oficilización y la entrada en vigor sea de 48 horas, lo que ha provocado la petición del sector de las bebidas de un retraso para contar con un periodo de adaptación.
Y es que la entrada en vigor del impuesto estaba fijada por la ley en el primer día del trimestre posterior a la aprobación, que además cae en sábado.
El gravamen se aplicará a refrescos o sodas, bebidas de néctar de frutas y zumos de frutas, bebidas deportivas, bebidas de té y café, bebidas energéticas, leches endulzadas, bebidas alternativas de la leche, batidos y bebidas de leche con zumo de fruta, bebidas vegetales y aguas con sabores.