En declaraciones a Efe, Groba ha explicado que al principio de seguridad jurídica aludido en la sentencia se suma el hecho de que ya han pasado cinco años desde la Declaración Tributaria Especial (DTE), por lo que ya está prescrita y no cabe actuación alguna al respecto.
Otra cosa es que la sentencia hubiera llegado antes de noviembre de 2016, ha dicho Groba, que cree que en ese caso sí se habrían enfrentado a un "galimatías" jurídico.
Tampoco ve problema respecto a las inspecciones abiertas gracias a la información aportada en el proceso a un 10 % de los acogidos a la amnistía, dado que las actuaciones se hacen sobre otros impuestos y no sobre la propia DTE.
Según Groba, la principal consecuencia de la sentencia del TC es que dificultará que se puedan aprobar nuevas amnistías fiscales en el futuro, incluso aunque se tramiten como ley ordinaria.
En su opinión, más allá de que la amnistía se haya anulado por un defecto de forma, los argumentos de fondo de la sentencia "van a la esencia" del artículo 31.1 de la Constitución, en el que se establece que todos los españoles ha de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo. EFECOM
mmr/jla