Madrid, 1 feb (EFECOM).- El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes dos acuerdos por el que se autoriza la firma del acuerdo sobre transporte aéreo entre España y Nicaragua, y España y la República de Mauricio.
Según ha informado el Gobierno en la referencia del Consejo, en el caso de Mauricio durante las negociaciones se acordó que cada parte podría designar tantas compañías aéreas como desease, tanto para las operaciones de pasajeros como de carga, previa notificación por escrito.
Para vuelos de pasajeros, se establece una frecuencia de siete por semana con cualquier tipo de aeronave y derechos de tráfico de tercera y cuarta libertades, lo que implica que las compañías aéreas designadas de cada parte podrán cambiar el orden u omitir uno o más puntos de las rutas, puntos intermedios o puntos más allá, siempre que el punto de partida de la ruta esté situado en territorio de esa parte.
En el caso de los vuelos exclusivamente cargueros, las frecuencias son ilimitadas y se podrá utilizar cualquier tipo de aeronaves.
Bajo ciertas condiciones y con una frecuencia limitada, se extienden los derechos de tráfico hasta la quinta libertad, lo que implica el derecho de tomar y desembarcar pasajeros, correo y carga con destino o procedentes de terceros estados.
En cuanto a la rutas, se establece la posibilidad de que las empresas aéreas designadas por España o Mauricio puedan seleccionar libremente los puntos situados en el territorio de la otra parte, los puntos intermedios y los de más allá.
Por lo que se refiere al acuerdo con Nicaragua, la frecuencia para vuelos de pasajeros es ilimitada con cualquier tipo de aeronave y derechos de tráfico de tercera y cuarta libertades.
También establece la posibilidad de que las empresas aéreas designadas por España y Nicaragua puedan seleccionar libremente los puntos situados en el territorio de la otra parte, los puntos intermedios y los puntos más allá.