Fomento fija mínimos entre 38% y 100% para vuelos durante huelga del 8 marzo
Madrid, 6 mar (EFECOM).- El Ministerio de Fomento ha aprobado los servicios mínimos para la huelga feminista del 8 de marzo que garantizan el 100 % de los vuelos con territorios no peninsulares, el 38 % de los servicios domésticos con alternativas inferiores a cinco horas, el 65 % de los trenes de media distancia o el 72 % de larga distancia y alta velocidad.
Además Renfe ha cancelado 224 trenes de media distancia y 107 de alta velocidad y de larga distancia y deberá garantizar el 75 % del servicio de Cercanías en las hora punta y el 50 % en hora valle.
En el transporte regular de viajeros por carretera, que es competencia de la Administración General del Estado, se garantiza el 50 % de las expediciones, salvo que en el servicio solo haya una expedición, en cuyo caso no se verá afectada.
A los servicios competencia de las comunidades autónomas les serán de aplicación los servicios mínimos dictados por las mismas.
En el transporte marítimo, Fomento ha determinado que se debe asegurar, en las conexiones entre la península con los territorios no peninsulares, un servicio en cada sentido por cada línea de interés público a prestar por cada compañía que opere en la misma, salvo si en el día de huelga no se hubiera programado la prestación del servicio en condiciones normales.
En este sentido, el ministerio se refiere a las líneas que conectan Cádiz-Las Palmas; Cádiz-Santa Cruz de Tenerife; Barcelona-Palma de Mallorca; Valencia-Palma de Mallorca; Denia-Palma de Mallorca; Barcelona-Ibiza; Valencia-Ibiza; Denia-Ibiza; Barcelona-Mahón; Valencia-Mahón; Algeciras-Ceuta; Málaga-Melilla y Almería-Melilla.
En el transporte aéreo se han determinado el 100 % de los servicios domésticos de cada compañía aérea para cada ruta con los aeropuertos de los territorios no peninsulares o el 38 % de los servicios con ciudades españolas peninsulares en los que el medio alternativo de transporte público implique un recorrido con un tiempo de desplazamiento inferior a 5 horas.
Además se ha fijado el 57 % de los servicios de cada compañía aérea para cada ruta con ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público sea igual o superior a las 5 horas, así como en cada ruta con ciudades extranjeras.
En las rutas aéreas en las que existan obligaciones de servicio público entre dos aeropuertos peninsulares se garantizarán las frecuencias establecidas en la normativa de aplicación.
También quedan garantizados los servicios relacionados con el transporte aéreo dedicados a labores de emergencia.