(Actualiza la información enviada con referencia EC3352 con el anuncio del recurso de Santander y detalles del informe del fiscal)
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado el recurso del Banco Santander por su imputación en la quiebra y posterior liquidación del Popular, al considerar que es necesaria su presencia "en concepto de investigada, con todos los derechos propios de tal condición".
Una decisión avalada previamente por el fiscal del caso, Antonio Romeral, que será recurrida en apelación ante la sala de la Audiencia Nacional en los próximos cinco días, según han trasladado a Efe fuentes de la entidad.
En un auto fechado hoy, el titular del juzgado central de Instrucción número 4 recuerda que el Código Penal señala que "en el ámbito de las sociedades, la pérdida de su personalidad jurídica o su transformación no conlleva aparejada la extinción de su posible responsabilidad penal, sino todo lo contrario".
De existir dicha responsabilidad, prosigue la norma, se transmite a la nueva sociedad, de modo que no se pueda sortear la responsabilidad penal "por medio de operaciones de transformación, fusión, absorción o escisión".
Calama incorporó el pasado mes de enero al Santander como persona jurídica investigada por las presuntas irregularidades en la gestión del Popular después de que el pasado septiembre culminara la fusión.
El magistrado aplicó el principio de "sucesión procesal por absorción de sociedades", una vez acreditado que el Santander "absorbe y adquiere en bloque y a título universal todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo del Popular".
En su recurso, el Santander alegó que dicha condición era contraria a los principios de personalidad de las penas y de culpabilidad que contemplan la Constitución Española y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y aseguraba que la única responsabilidad derivada posible sería civil subsidiaria.
Asimismo, recordaba que la resolución del Popular fue decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) que, "en protección de relevantes intereses generales", acordó el 7 de junio de 2017 "la creación de una nueva realidad para venderlo a un tercero".
Al respecto, la Fiscalía Anticorrupción informó en contra de estimar la petición del Santander en tanto que la herencia de la imputación "no requiere de una actuación maliciosa de la entidad", sino que "tan sólo da una solución" a los supuestos en los que se produce una transformación de la persona jurídica.