Madrid, 1 abr (EFECOM).- Los repartidores de comida a domicilio han entrado en la ampliación del Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería, suscrito por las patronales del sector y por los sindicatos CCOO y UGT, en el que también se define el puesto de escanciador.
Según señala en un comunicado CCOO, incluir a los repartidores en el ámbito funcional del Acuerdo es "la principal novedad" de este texto, que fue publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Se incluye a los repartidores de comida a domicilio "a pie o en cualquier tipo de vehículo que no precise autorización administrativa establecida por la normativa de transporte, como prestación de servicio propio del establecimiento o por encargo de otra empresa, incluidas las plataformas digitales o a través de las mismas".
Para CCOO, de esta manera los repartidores abandonan el "limbo legal" en el que se encontraban y pasan a ser considerados personal laboral del sector de hostelería.
Este sindicato ha asegurado que, a partir de ahora, trabajará para que su categoría profesional, "su salario y sus funciones sean reguladas según los convenios sectoriales que les correspondan".
También se ha definido el puesto de trabajo de escanciador, que es quien "realiza de forma cualificada el servicio de escanciado de la sidra natural, dominando las técnicas de escanciado de la sidra, en la sala, a la vista de la clientela, de manera autónoma y responsable", asignándolo al grupo profesional segundo.
Otro de los cambios es la garantía de la subrogación empresarial en los supuestos de sucesión o sustitución de empresas con concesión administrativa de servicios de hostelería en los espacios públicos, como aeropuertos y estaciones de ferrocarril.