La Audiencia de Guipúzcoa ha desestimado íntegramente el recurso interpuesto por la plataforma Ordaindu, uno de los dos colectivos de exsocios cooperativistas de Fagor Electrodomésticos perjudicados por la quiebra de la empresa, contra la sentencia que declaró prescrita su demanda contra la Corporación Mondragón.
Según informa el grupo cooperativista en un comunicado, el tribunal ha confirmado el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Bergara tras rechazar "completamente" el planteamiento de los recurrentes, que reclamaban a la Corporación Mondragón 47,8 millones de euros por las aportaciones voluntarias perdidas.
Señala que la Audiencia de Guipúzcoa analiza "el fondo de la cuestión", y declara que los demandantes "disponían de información previa sobre la situación financiera de la cooperativa" a través de los "múltiples canales" que tenían tanto en Fagor Electrodomésticos como en Edesa.
Los jueces desestiman, asimismo, "las acusaciones formuladas por los demandantes", y resaltan "el esfuerzo de solidaridad desarrollado por las cooperativas de Mondragón para apoyar a ambas cooperativas".
"Mondragón ha valorado de forma muy positiva esta nueva sentencia que confirma todos los argumentos que ha defendido desde el primer momento. Y entre ellos destaca que Mondragón no engañó a los demandantes, que las cooperativas son autónomas y soberanas, y que la responsabilidad de las decisiones sobre su futuro es exclusivamente suya e indelegable a cualquier otra instancia", subraya.
El 27 de julio del pasado año el citado juzgado de Bergara declaró prescrita la demanda interpuesta por los colectivos de exsocios cooperativistas Ordaindu y Eskuratu sin entrar en el fondo del asunto, y absolvió a la Corporación Mondragón.
En su demanda, solicitaban 47,8 millones del euros al grupo al entender que los socios fueron inducidos "con informaciones engañosas" a mantener sus ahorros en Fagor Electrodomésticos y Edesa, "a pesar de que los responsables del conglomerado de cooperativas conocían que las dos empresas estaban abocadas al cierre".
La Corporación Mondragón rechazaba estos argumentos, pues aseguraba que carecía de responsabilidad en la crisis de Fagor Electrodomésticos y Edesa, al tiempo que mantenía que los socios "tenían pleno conocimiento de las decisiones y riesgos empresariales de sus cooperativas", si bien durante el juicio alegó también que la acción se encontraba prescrita.
Sin embargo, la sentencia se centró únicamente en este último aspecto, sin entrar a resolver las otras cuestiones de fondo, y respaldó los argumentos de la Corporación que entendía que, en caso de ser cierto el supuesto "engaño" al que apelaban los demandantes, éstos lo conocieron los días 13 y 25 de noviembre de 2013 cuando Fagor y Edesa solicitaron el concurso de acreedores.
En su recurso, Ordaindu planteó que la prescripción no estaba suficientemente argumentada y solicitó a la Audiencia de Guipúzcoa que entrara en el fondo de la cuestión, que es lo que finalmente ha hecho.
Ordaindu y Eskuratu, que integran a los más de 900 afectados por el cierre de Fagor Electrodomésticos y Edesa, han expresado su "malestar e indignación" por la decisión de la Audiencia de Guipúzcoa, que creen que "incurre en evidentes contradicciones".
Lamenta que el tribunal "haya mostrado una nula sensibilidad hacia un colectivo de personas mayores que ya no trabajaban en las dos compañías en el momento en que los responsables de la Corporación Mondragón orquestaron la prórroga de las aportaciones voluntarias y organizaron un concurso de acreedores ordenado, dirigido a que los principales activos de las empresas quebradas quedaran en manos del conglomerado empresarial de Arrasate".