Madrid, 17 jul (EFECOM).- El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha dado diez días al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para que facilite a uno de los inversores afectados por la quiebra del Popular el texto completo de la sanción impuesta a Pwc por las cuentas de 2012 de la entidad.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó en junio de 2018 las sanciones impuestas por el ICAC a la firma auditora PwC y a su socio auditor José María Sanz Olmeda, corresponsables de dos infracciones graves en relación con los trabajos de auditoría de las cuentas anuales individuales del ejercicio 2012 del Banco Popular Español y de las cuentas anuales consolidadas de la entidad Grupo Banco Popular, cuyos informes de auditoría se emitieron el 28 de febrero de 2013.
El ICAC estimó ese año que PwC había cometido una infracción muy grave en la auditoría de las cuentas de 2012 del Banco Popular, en concreto sobre el efecto de la absorción del Banco Pastor.
Pero el contenido exacto del informe que llevó al ICAC a imponer la sanción no se ha publicado, sino sólo un resumen, lo que llevó a reclamar que se divulgara su contenido a uno de los inversores afectados por la quiebra del banco, Aeris Invest.
Aeris es el vehículo inversor del magnate chileno Andrónico Luksic, cuya participación en el Popular superaba 100 millones de euros, cantidad que perdió en su totalidad tras amortizarse a valor cero las acciones del banco.
El titular del juzgado central de instrucción número 4 de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que investiga la liquidación del banco, ha reclamado también al ICAC, organismo que depende del Ministerio de Economía, el expediente de la auditora PwC.
Asimismo, el magistrado requirió a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que aportara a la causa el expediente sancionador al expresidente Ángel Ron y su equipo por suministrar datos inexactos o no veraces en las cuentas de 2016, petición a la que el supervisor bursátil se ha negado y ha respondido con un recurso ante el Tribunal Supremo.
Transparencia ha estimado ahora, en una resolución fechada el pasado 6 de junio, la reclamación presentada por Aeris y ha instado al ICAC a entregar a la firma inversora el texto completo de la sanción en el plazo máximo de 10 días hábiles.
El CTBG destaca entre otros argumentos que se trata de un procedimiento sancionador ya finalizado, que concluyó con la imposición de una sanción por infracción muy grave, todo lo cual ya se ha publicado.
Si se entiende que existen documentos en los expedientes sancionadores solicitados que contienen información que pueda afectar al secreto profesional, se "pueden y deben" omitir, y proporcionar el resto de documentos al reclamante e informar a éste de qué parte de la información ha sido omitida y por qué, según la fuente.
Lo que no puede hacerse, en opinión de Transparencia, es declarar secreto todo el expediente, sino excluir únicamente la información que, "motivadamente", incluyera datos confidenciales y mencionar al solicitante esta exclusión.
El CTBG alude en su resolución al expediente y la posterior sanción impuestas a la auditora Deloitte por las cuentas de la salida a bolsa de Bankia, y recuerda que "si existe un precedente bastante similar al caso que ahora nos ocupa (...) no se entiende la negativa a proporcionar el mismo tipo de información que en el supuesto anterior".