Madrid, 12 dic (EFECOM).- La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de los trabajadores de Renault España a seguir percibiendo la licencia retribuida por nacimiento o adopción de hasta seis días, suprimida de forma unilateral por la empresa, al valorar que la ampliación del permiso de paternidad no es un motivo para anularla.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la sala de lo Social estima la demanda interpuesta, entre otros, por la Confederación de Cuadros y Profesionales (CCP), y explica que la licencia, que deberá aplicarse con efecto retroactivo desde su supresión, es un permiso reconocido por el convenio colectivo de la compañía para el periodo 2017-2020 que no puede equipararse al de paternidad, que cubre la Seguridad Social.
A raíz de la aprobación el pasado marzo del real decreto ley sobre la igualdad laboral, Renault España optó por suprimir la licencia retribuida, que oscila entre cuatro y seis días en los casos en los que haya desplazamiento.
La empresa consideraba que al haber un nuevo permiso, que a partir de 2021 será de 16 semanas -seis de las cuales son obligatorias de forma ininterrumpida inmediatamente después del parto-, los días reconocidos por el convenio quedaban sin efecto.
Sin embargo, ahora la sala insiste en que tanto uno como otro son compatibles, principalmente, porque se trata de derechos de distinta naturaleza de los que gozan los 12.000 empleados de la mercantil.
De este modo, prosigue, mientras que la licencia permite disfrutar de un permiso retribuido a cargo del empresario, el de paternidad está cubierto por la Seguridad Social, es decir, no supone obligación alguna a la compañía, motivo por el que ambos se pueden aplicar plenamente.