Barcelona, 13 dic (EFECOM).- La Generalitat de Cataluña ha recaudado 2,08 millones gracias al nuevo impuesto catalán sobre los activos no productivos, que grava los bienes de lujo a nombre de personas jurídicas pero que no se usan para actividades económicas, sino con fines particulares, según han avanzado a Efe fuentes del ejecutivo.
Se trata de un impuesto pionero entre las comunidades autónomas que el Gobierno catalán pactó con la CUP en 2017, pero fue recurrido por el Gobierno español al Tribunal Constitucional, con lo cual el Ejecutivo de Cataluña no ha podido empezar a cobrarlo hasta este año, una vez declarado plenamente constitucional en febrero.
Entre los bienes que grava este impuesto están la vivienda habitual y las segundas residencias, los coches y vehículos de potencia de más de 200 caballos, las embarcaciones de lujo, los aviones privados y helicópteros y objetos de arte, antigüedades y joyas, todos ellos a nombre de una empresa domiciliada en Cataluña, pero que se usaban para actividades particulares.
El 30 de noviembre pasado finalizó el plazo de presentación de la autoliquidación de este impuesto correspondiente a 2017, 2018 y 2019, y el balance es que un total de 1.425 contribuyentes han presentado declaraciones por valor de esos 2,08 millones.
El importe recaudado es de 626.000 euros en 2017, de 718.500 euros en 2018 y de 741.400 euros en 2019.
En total se han recibido un total de 4.004 declaraciones telemáticas correspondientes a los tres ejercicios.
Este gravamen busca evitar que grandes patrimonios coloquen propiedades a nombre de empresas para no tener que declararlas a través del Impuesto de Patrimonio.
Así pues, la finalidad de este impuesto es evitar el fraude fiscal, por lo que si los propietarios regularizaran sus bienes como corresponde la recaudación debería tender a cero, apuntan estas fuentes.
La obligación de presentar la autoliquidación concierne a las personas jurídicas y entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o patrimonio separado susceptible de imposición que, de acuerdo con la normativa del impuesto, tienen la consideración de sujetos pasivos por la tenencia, en la fecha de devengo del impuesto, de determinados activos no productivos situados en Cataluña, aclara la Agencia Tributaria de Cataluña.