Bruselas, 18 dic (EFECOM).- La jurisdicción italiana que impide al conglomerado audiovisual francés, Vivendi, adquirir un 28 % del capital social de Mediaset es contraria al derecho de la Unión Europea (UE), según un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El jurista Campos Sánchez-Bordona, cuyas opiniones no son vinculantes para el tribunal pero suelen orientar las decisiones definitivas de la corte europea, considera que las leyes italianas restringen la posibilidad de que empresas de otros Estados miembros se incorporen al sector italiano de medios de comunicación.
Así, concluye que la legislación del país afecta a la libertad de establecimiento presente en la ley de la UE, por lo que el TJUE debería permitir la adquisición de acciones de Mediaset por parte de Vivendi.
El caso se refiere a un litigio planteado en la corte europea por la empresa francesa quien, en 2016, intentó hacerse con el 28,8 % del capital social de Mediaset, lo que le dota de un 29,94 % de derecho de voto.
La empresa italiana denunció entonces al tribunal de medios de Italia que Vivendi habría infringido las leyes del país que prohíben que una empresa perciba, directa o indirectamente, más de un 20 % de los ingresos totales del denominado "Sistema integrado de comunicaciones" (SIC).
Vivendi recurrió la sentencia del tribunal italiano ante el TJUE acusando a la reglamentación italiana, que restringe el acceso al SIC de las empresas presentes en el sector de las comunicaciones electrónicas, de ser incompatible con el derecho de la Unión.
Las autoridades italianas, no obstante, sostuvieron que esta reglamentación fue concebida como medida destinada a salvaguardar el pluralismo informativo, ya que prohíbe que una sola empresa adquiera, por sí misma o a través de sus filiales, una cuota relevante -estandarizada en más del 20 %- del mercado de medios.
Sin embargo, para el abogado europeo, la legislación italiana define de manera demasiado restrictiva el perímetro del sector de las comunicaciones electrónicas, es decir, no está siendo proporcionada al objetivo de la protección del pluralismo informativo, porque va más allá de lo indispensable para alcanzarlo.
Además, el abogado considera desproporcionado valorar que Vivendi, con una cuota de derechos de voto en Mediaset superior al 20 %, está ejerciendo una influencia considerable sobre esta última.
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