Madrid, 11 feb (EFECOM).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso presentado por Glovo contra una sentencia por el despido de un repartidor, y además de confirmar que se trata de un "falso autónomo", ha precisado que estos trabajadores se encuadran dentro del convenio de reparto.
El fallo, al que ha tenido acceso Efe, rechaza los argumentos de Glovo y confirma la sentencia del Juzgado de lo Social número uno de Madrid, que exigió a la compañía en abril de 2019 readmitir al repartidor o, en su defecto, pagarle la correspondiente indemnización.
La sentencia, además, incide en que "el reparto y la mensajería constituyen la actividad consustancial, que no accesoria", de esta empresa, por lo que a la hora de calcular la compensación alude al convenio específico sobre reparto.
Hace referencia concretamente al convenio laboral de Logística, Paquetería y Actividades anexas al Transporte, mientras que Glovo reclamaba aplicar el Convenio Colectivo de Comercio Vario.
Desde el sindicato UGT, que ha participado en el caso aportando asistencia legal al repartidor despedido, han resaltado en un comunicado publicado este martes que el TSJM confirma así "que la actividad de la plataforma es la de reparto y no la de comercio, como pretendía Glovo para rebajar" la indemnización.
El fallo confirma al "rider" como un miembro de la plantilla y no un trabajador autónomo, al contrario de lo que defiende la empresa.
La sentencia va en la misma línea que otra emitida hace dos semanas, también por el TSJM, en un caso con más de medio millar de repartidores contratados por Deliveroo, en la que todos los miembros del tribunal por unanimidad dictaminaron que eran "falsos autónomos" y que sí existía "relación laboral por cuenta ajena".
Las empresas de reparto de comida a domicilio mantienen varios litigios en sede judicial por esta cuestión y recuerdan que existen fallos de diferente signo a la hora de juzgar casos similares.
Por este motivo reclaman al Gobierno que se siente a dialogar para adoptar cambios legales que clarifiquen la normativa, y piden la creación de una figura de "autónomo digital" -similar a la existente en Francia- que compagine "flexibilidad y seguridad" a este colectivo.
Hoy mismo -antes de que se divulgara la sentencia-, Glovo ha revelado que cerca de 3.000 de sus 7.500 repartidores en España estaba en el paro antes de sumarse a su plataforma.