Madrid, 12 feb (EFECOM).- El Fondo de Reserva de Garantías para que consumidores electrointensivos suscriban contratos de compraventa de energía a medio y largo plazo (PPA's) estará dotado con 200 millones anuales en sus primeros tres años de vida para cubrir como máximo 600 millones de inversión en ese trienio y, a partir del cuarto año, su cuantía se determinará en los Presupuestos Generales del Estado.
Este fondo es una de las medidas de apoyo a las empresas industriales con gran consumo de electricidad recogidas en el Estatuto del Consumidor Electrointensivo y su finalidad es regular la cobertura por cuenta del Estado de los riesgos que adquieran empresas electrointensivas en las operaciones de compra de energía a medio y largo plazo, conocidos como PPA's.
La Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (Cesce) será el agente gestor de este fondo, con el que se pretende fomentar la suscripción de PPA's por parte de las industrias electrointensivas, a fin de que vean reducido también por este medio su factura eléctrica.
En la memoria de análisis del impacto del anteproyecto de ley por el que se creará el Fondo de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas, se explica que, en principio para dotar el fondo habrá un porcentaje elevado de la Secretaría de Comercio, cubriéndose el resto con capacidad existente en el Ministerio de Industria.
Dentro de esa capacidad, se menciona el Fondo Financiero del Estado para la Modernización de Infraestructuras Turísticas (Fomit); el crédito de la Secretaría de Estado de Industria del programa de apoyo financiero a la inversión en el marco de la política pública de reindustrialización (Reindus), y otros.
Con ello se trata de dotar 200 millones de euros al años para cubrir como máximo 600 millones de inversión en tres años y ya, a partir del cuarto año, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) determinarán cada ejercicio las cantidades máximas a cubrir y las ampliaciones que se hagan del fondo.
El anteproyecto de ley faculta a Cesce para emitir garantías en nombre propio y por cuenta del Estado español para la cobertura parcial de los riesgos de los contratos PPA's.
En la memoria se contempla que inicialmente la actuación se limite a compradores que tengan la categoría de consumidores electrointensivos, estableciendo una cuantía máxima en los primeros años destinada a darles cobertura y que los fondos para cubrir las garantías no generen ampliación de créditos presupuestarios.
Las garantías que se suelen pedir por el vendedor al consumidor electrointensivo varían dependiendo del oferente y sobre todo, del financiador de éste, pero se estiman aproximadamente en la actualidad en el entorno de los 5 euros/megavatio hora (MWh) negociado.
Por tanto, para CESCE, como entidad que cubre el riesgo de las garantías prestadas por terceros por cuenta de estos consumidores, el riesgo máximo potencial podría alcanzar 814,8 millones de euros, cuantía que correspondería al primer año del contrato en el caso de que lo hicieran todos y a la vez, lo cual se considera "imposible" e la memoria.
Esa cantidad se iría reduciendo a medida que se van ejecutando los contratos a razón de 81,4 millones de euros por año.
Según la memoria, en caso de un siniestro, el alcance de la pérdida podría ser mínimo o inexistente, dependiendo de la evolución del precio del mercado, aunque para lograr una adecuada cobertura de la demanda y evitar una acumulación inicial de riesgo se limita la cantidad a cubrir a 600 millones durante los tres primeros años.
Por otra parte, la memoria del real decreto que regulará el Estatuto de Consumidores Electrointensivos confirma que la compensación para las empresas en los cargos que se incluyen en el recibo de la luz por financiación de renovables, cogeneración de alta eficiencia y extracostes de territorios no peninsulares supondrá un coste en los Presupuestos del Estado de 91,88 millones de euros.
De esta cantidad, 47,7 millones de euros corresponderán a la financiación de renovables, 28,69 millones a la de cogeneración de alta eficiencia y 15,48 millones a la de los extracostes de territorios no peninsulares.