El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha previsto ayudas por importe de 50 millones de euros a "empresas que hayan tenido que alterar significativamente su producción para adaptarse a las necesidades generadas por la crisis sanitaria del Covid-19".
Así consta en la memoria de impacto presupuestario del decreto ley aprobado este martes por el Consejo de Ministros, a la que ha tenido acceso Europa Press y en la que se cuantifican las facilidades previstas por el Gobierno a la industria ante la emergencia del coronavirus.
Dentro del apoyo a la industrialización, el Ejecutivo amplió la partida presupuestada para el fondo de provisiones de la Compañía Española de Reafianzamiento (Cersa), dentro de su línea de garantía por la crisis, concediendo un suplemento de crédito por 60 millones de euros procedente del programa de 'Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa'.
Esta línea de garantías Covid-19 cuenta con un importe de 1.000 millones de euros de riesgo asumido por Cersa y permitirá movilizar 2.000 millones de euros de financiación a empresas, beneficiando a 20.000 pymes.
Graduación de las condiciones de devolución
Todo ello en una sección dedicada al apoyo de la industrialización, y en el que se modifica el plazo para presentar garantías a las convocatorias de préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y de la Pyme (SGIPYME), que estaban pendientes de resolución cuando entró en vigor el estado de alarma.
En el decreto ley, el Gobierno abre la puerta a eximir la devolución de la financiación de Industria por parte de las empresas que acrediten un cumplimiento que "se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se constate que se han alcanzado los objetivos del proyecto inicialmente planteados".
En esos casos, se considerará un cumplimiento del 100% del proyecto y no se propondrá reintegro de la ayuda, previéndose reintegros parciales en función de los diferentes grados de cumplimiento reconocidos.
Modificaciones en los préstamos hasta 2023
También se regula la refinanciación de los préstamos concedidos por esta Secretaría General, estableciendo la posibilidad de solicitar modificaciones de amortización durante dos años y medio desde la entrada en vigor del estado de alarma, así como el alcance de las modificaciones para empresas que hayan sufrido períodos de inactividad, interrupciones en el suministro en la cadena de valor o hayan visto reducidas sus ventas.
Estas variaciones tendrán como límite los "niveles máximos de intensidad de ayuda y los mismos niveles de riesgo que en el momento de la concesión", y llevarán aparejada una ayuda cuando se conceda la modificación de las condiciones de amortización, con la posibilidad de modificar el tipo de interés y las garantías asociadas a los préstamos, y también subrogar estas obligaciones a una entidad de crédito.