Lo comido por lo servido. Los impuestos ‘anticrisis’ que el Gobierno ha diseñado para luchar contra la alta inflación, la creciente factura del petróleo y el gas y una posible recesión económica, acabarían destruyendo 37.000 empleos -directos e indirectos- en el sector energético y 35.000 en la banca.

Son estimaciones del Instituto de Estudios Económicos (IEE), que ha presentado un informe en el que detalla los motivos que pueden llevar a la inconstitucionalidad del gravamen temporal establecido para las entidades y establecimientos financieros de crédito.

La institución ya había advertido en julio de un posible impacto contractivo sobre la actividad económica total de casi 5.000 millones de euros, es decir, cuatro décimas de PIB de 2021 y de 72.000 ocupados menos en términos de empleo, con lo que el efecto sobre la economía en general es “incluso más relevante que el que incide sobre los sectores afectados”.

Ahora se sabe que, según el desglose de las proyecciones del IEE, el sector energético se vería algo más perjudicado que el financiero en lo relativo a estos impuestos. La contracción económica sería de 2.800 millones derivada del energético, y de 2.200 millones por el sector bancario.

El estudio, bajo la dirección del catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universitat de Valencia, Juan Martín Queralt, ha sido realizado por un equipo formado por prestigiosos expertos como Álvaro Rodríguez Bereijo (UAM), Gabriel Casado Ollero (UCM), Jorge Onrubia Fernández (UCM), Germán Orón Moratal (Universitat Jaume I de Castellón) y José Manuel Tejerizo (UNED).

Enmiendas

La CEOE, en cuya sede se ha presentado el estudio, ya ha avanzado que la semana que viene trasladará las enmiendas correspondientes para su trámite parlamentario. Íñigo Fernández de Mesa, presidente del IEE y vicepresidente de la CEOE, ha señalado que “son medidas que no solucionan el problema y, además, crean perjuicios económicos”.

Cabe recordar que la estimación del Ejecutivo es que este nuevo impuesto a los bancos -a su negocio local en España, del que han quedado exentas las aseguradoras y los bancos extranjeros que operan en nuestro país- recaude en torno a 1.500 millones de euros al año. El gravamen tendrá una duración de dos años -sobre los ejercicios de 2022 y 2023- para paliar los efectos económicos de la guerra en Ucrania.

[Cajamar, Kutxabank, Ibercaja y Unicaja, los bancos donde más se notará el 'pellizco' de Sánchez a los beneficios]

Por su parte, el impuesto a las energéticas -sobre la misma base temporal- cuenta con recaudar 2.000 millones por año. Hasta un total de 7.000 millones recaudados entre los dos gravámenes una vez cumplido 2024 al haber retroactividad.

Onrubia, uno de los autores del estudio y profesor titular de Hacienda Pública y Sistema Fiscal de la Universidad Complutense de Madrid, ha calificado las medidas del Gobierno como “impuestos ad hoc, unas figuras impositivas que no son deseables”, y se ha preguntado irónicamente “si, por la misma regla de tres, en el futuro podrían llegar a aprobarse gravámenes contra los supermercados o los establecimientos hoteleros”, en una clara crítica al Ejecutivo de Pedro Sánchez.

Elementos jurídicos

El IEE ha alertado de que el nuevo impuesto temporal a la banca que el Gobierno ha establecido en la proposición de ley presentada en julio y que afronta este martes su primer examen en el Pleno del Congreso es "potencialmente inconstitucional y no se adecúa al derecho comunitario", por lo que ve probable que dé lugar a una serie de recursos contra su aplicación que termine con su declaración de inconstitucionalidad.

Según el informe, este tipo de impuestos generan inseguridad jurídica, tanto en el fondo como en la forma elegida para su tramitación, al eludir la consulta pública, la Memoria de Impacto Normativo y el Dictamen del Consejo de Estado. Además, los expertos han insistido en que calificar el impuesto como prestación patrimonial pública no tributaria supone vetar la participación de las comunidades autónomas en la recaudación, lo que entraría en conflicto con la Constitución.

El IEE considera que, con el impuesto a la banca, se vulnera el principio general de seguridad jurídica del artículo 9.3 de la Constitución por su retroactividad, así como los principios tributarios de generalidad, igualdad y capacidad económica del artículo 31.1 de la Constitución, al no justificar el motivo del umbral de 800 millones de euros para estar sujeto o no al gravamen, o no considerar el mismo como gasto fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedades.

[Sabadell pide "neutralidad" en el impuesto a la banca y que todos paguen "por igual" para no dañar la competencia]

Por otra parte, incumple los criterios de la Autoridad Europea de Banca, para quien cualquier coste cierto vinculado a los préstamos debe incluirse en su fijación. El IEE también ha incidido en que la regulación del gravamen vulneraría elementos esenciales del derecho comunitario, al discriminar en función de la residencia en España o en otro país de la Unión Europea, así como principios básicos como la libertad de establecimiento, libertad de prestación de servicios y libertad de movimiento de capitales.

Asimismo, desde el IEE consideran que los nuevos impuestos “tampoco se justifican desde una perspectiva económica porque reducen la inversión, el crecimiento económico y el empleo”.

Contenido exclusivo para suscriptores
Descubre nuestra mejor oferta
Suscríbete a la explicación Cancela cuando quieras

O gestiona tu suscripción con Google

¿Qué incluye tu suscripción?

  • +Acceso limitado a todo el contenido
  • +Navega sin publicidad intrusiva
  • +La Primera del Domingo
  • +Newsletters informativas
  • +Revistas Spain media
  • +Zona Ñ
  • +La Edición
  • +Eventos
Más información