Cientos de miles de trabajadores y empresas respiran tranquilos. Tras el acuerdo logrado con patronal y sindicatos, el Consejo de Ministros aprobó este martes una nueva prórroga para los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), con nuevas fórmulas que incluyen exoneraciones de cuotas sociales todavía más generosas que las de la última ampliación.
Estas nuevas modalidades sustituyen a los ERTE por rebrote y buscan compensar a las empresas cuya actividad pueda quedar afectada por las medidas que están tomando las autoridades para paliar la pandemia de la Covid-19.
Sin embargo, aquellas que accedan a estos nuevos ERTE o cualquier otro que incluya exoneraciones para las empresas, tendrán que asumir un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo. Es decir, que no podrán hacer despidos hasta, al menos, entrado abril de 2021.
Un ejemplo es el ocio nocturno. Ante la prohibición generalizada de aperturas a partir de las 01:00 horas, estos negocios se pueden acoger a las nuevas modalidades de ERTE, más generosas en exoneraciones. Pero si lo hacen no podrán reducir sus plantillas hasta pasada la Semana Santa del próximo año.
Además, en caso de que existiese un compromiso de mantenimiento de empleo anterior vigente, “el inicio del nuevo periodo de salvaguarda comenzará cuando haya concluido el del ERTE anterior”, indica el Ministerio de Trabajo. Es decir, que las empresas en esta situación sumarán periodos en los que no podrán realizar reestructuraciones de plantilla. En el caso más extremo, este periodo podría llegar a septiembre de 2021.
Seis meses
En cualquier caso, cabe recordar que el periodo de seis meses en el que las empresas tendrán prohibido despedir se inicia cuando empiecen a recuperar trabajadores para la actividad, una regla que se mantiene en esta nueva prórroga de los ERTE que se acaba de aprobar.
Las nuevas modalidades de ERTE antes mencionadas son particularmente dos. Por un lado, están los ERTE por impedimento, que lo pueden pedir las empresas cuya actividad esté frenada como consecuencia de las medidas sanitarias por la Covid-19. Con él accederán a exoneraciones de cuotas sociales de hasta el 100%.
Por otro lado, están los ERTE por limitaciones, que los pueden pedir empresas o entidades cuya actividad esté limitada por decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas. Sus exoneraciones estarán entre el 70% y el 100%, aunque serán decrecientes hasta el 31 de enero, que es cuando caduca la prórroga de los ERTE.
Por otro lado, quedan los ERTE para sectores especialmente sensibles y que no se han recuperado desde el estado de alarma de la primera mitad de 2020. Se trata de unas 40 actividades empresariales que mantendrán unas exoneraciones de hasta el 85%.
Cabe recordar que todos los ERTE excepcionales aprobados por la Covid-19, aunque no tengan exoneraciones, conservan las prestaciones para los trabajadores afectados, que se mantendrá en el 70% de la base reguladora.
Entre las novedades recogidas en la ampliación, se reconoce una prestación extraordinaria de desempleo a las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo o que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en determinadas fechas, que hayan resultado afectadas durante por un ERTE durante el periodo teórico de actividad.
Podrán percibir también esta prestación las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo no afectadas previamente por ERTE que hayan agotado las prestaciones o subsidios a los que tuvieran derecho si así lo solicitan.
Además, por primera vez, las personas afectadas por un ERTE tendrán atención preferente para recibir cursos de formación y se pondrán en marcha acciones específicas para este colectivo.
Nueva solicitud antes del 20
Las empresas que tengan vigentes expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) con origen en la pandemia deberán formular una nueva solicitud colectiva de prestaciones por desempleo antes del 20 de octubre, según consta en el Real Decreto-Ley que prorroga los ERTE hasta el 31 de enero publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y aprobado este martes por el Consejo de Ministros.
Los ERTE en vigor se prorrogarán automáticamente, manteniendo los trabajadores incluidos en los mismos su derecho al cobro de prestaciones, cuya cuantía ascenderá al 70% de la base reguladora.
Si los ERTE prorrogados de manera automática pertenecen a alguna de las 42 actividades que el decreto considera como más afectadas por la pandemia tendrán además derecho a exoneraciones en las aportaciones empresariales del 85% por cada mes del periodo octubre 2020-enero 2021 en el caso de que la empresa tuviera a 29 de febrero de este año menos de 50 trabajadores en plantilla, y del 75% si contaba con más de 50 empleados. Estas exenciones se aplicarán tanto a los trabajadores que se queden en el ERTE como a los que salen.
La norma, fruto del acuerdo con los agentes sociales, considera empresas más afectadas por la pandemia a aquellas que han recuperado del ERTE a menos del 65% de los trabajadores y que tienen en un CNAE concreto a más del 15% de personas reguladas del total de afiliados al Régimen General. En total, la lista incluye 42 actividades, entre las que se encuentran hoteles, transporte aéreo y marítimo y espectáculos.
Además de los ERTE de estas actividades, podrán beneficiarse de estas exoneraciones del 75% y del 85% aquellas empresas que formen parte de su cadena de valor o cuyo negocio depende en su mayoría de las 42 actividades establecidas en la norma.
La declaración de empresas dependientes o integrantes de la cadena de valor deberá ser solicitada ante la autoridad laboral que hubiese dictado la resolución expresa o tácita del ERTE que se encuentre vigente, acreditando debidamente las circunstancias mencionadas, entre el 5 y el 19 de octubre.
Las exenciones serán incompatibles con las establecidas para las dos nuevas figuras de ERTE que se crean en el decreto y que vienen a reemplazar a los llamados 'ERTE de rebrote', que se instauraron en la prórroga anterior.