Finalmente, el Ministerio de Trabajo ha logrado sacar adelante la ley rider que establece un modelo de contratos por cuenta ajena para los repartidores de plataformas digitales como Glovo, Deliveroo, Just Eat o Uber Eats.
No obstante, ha sido un acuerdo de mínimos con patronal y sindicatos en el que faltan por cerrar algunos flecos como los trabajadores afectados por la norma y otras formas de contratación que permitiría la nueva normativa.
El principio de acuerdo se ha logrado este miércoles tras un nuevo encuentro el marco del Diálogo Social. Sindicatos y patronal han acordado finalmente con el Gobierno un acuerdo sobre las bases generales de la legislación, el principal objetivo del departamento de Yolanda Díaz, que había advertido de que si no había un pacto este miércoles legislaría por su cuenta.
Según indican fuentes del Diálogo Social, concretamente Comisiones Obreras, "la novedad" del encuentro ha sido que "las organizaciones empresariales acceden a la laboralidad de los riders". Es decir, la gran mayoría de los riders serían asalariados, pero no todos.
De esta manera, se ha dado "por finalizado el proceso de negociación sobre este tema. No habrá más reuniones de negociación. El Gobierno presentará un documento de síntesis de las propuestas de todas las partes" y sobre él sindicatos y patronal tomarán una postura definitiva. Por tanto solo habrá, si se considera necesario, alguna reunión técnica para perfeccionar técnicamente el texto.
Cesión de la CEOE
Invertia adelantó que en la reunión de este miércoles, por primera vez, la CEOE abriría la puerta a lograr un acuerdo en los términos que pide el Ejecutivo: es decir, aceptarían que se legislase a favor de un modelo laboral por cuenta ajena, pero con flexibilidad para compaginarlo con otras formas de contratación.
En este sentido, han llevado al Diálogo Social una propuesta en la que, partiendo del modelo de asalariados, las plataformas puedan tener cierta flexibilidad que les permita seguir contratando autónomos en casos puntuales o que, al menos, puedan trabajar con diferentes repartidores que no tengan exclusividad con las plataformas.
En este sentido, se podrían tener determinadas cuotas de contratación de autónomos en cada plataforma, que no sean mayoritarios, pero en un número suficiente como para que puedan aumentar sus plantillas en horas punta o cuando hay mayor demanda de pedidos.
Estos autónomos tendrían además nuevos derechos y sobre todo se incidiría en que tengan protección social y formación para que sus condiciones sean lo más parecidas a la de los asalariados.
Otra fórmula que se exploraría es la de las cooperativas. Es decir, que los riders que no quieren ser contratados se unan en asociaciones de las que cobren un salario y que, a su vez, estas entidades tengan una relación de proveedor con las plataformas digitales de reparto. En este caso, se aplicarían además fórmulas para elevar su salario por número de repartos y productividad.
Esta fórmula estaría más próxima a los cientos de riders que se oponen a la legislación del Gobierno y que la semana pasada salieron a la calle en once ciudades españolas pidiendo que les dejasen seguir siendo autónomos para poder compaginar los repartos con varias compañías.
En el último borrador propuesto por el Ministerio de Trabajo, al que tuvo acceso Invertia, se introdujo lo siguiente en el Estatuto de los Trabajadores: "Concurre la condición de empleadora en aquellas empresas proveedoras de servicios de intermediación en línea a través de plataformas, aplicaciones u otros medios tecnológicos informáticos o digitales que sean agente primordial de la actividad en el mercado o aporten o controlen los activos esenciales, aun cuando las facultades empresariales de organización, dirección o control se manifiesten de forma implícita o indirecta, sea o no a través de la gestión algorítmica del servicio".
Con este redactado, según fuentes del Diálogo Social, se acabaría con la situación de 'falsos autónomos' en la que se encontrarían los trabajadores de las plataformas digitales. Estas empresas estarían obligadas a establecer una relación laboral directa, es decir, a hacer los correspondientes contratos.
Trabajo nunca ha ocultado que su objetivo es hacer una normativa en la línea de algunas sentencias judiciales que han decretado que los empleados de estas plataformas son falsos autónomos y que, por tanto, deben ser contratados por cuenta ajena y pasar a formar parte de sus plantillas.
El Ejecutivo no ha entrado todavía en cómo deberían ser estos contratos para evitar precariedad entre los asalariados. Fuentes del Diálogo Social indican que esta situación será objeto de un segundo nivel de negociación, pero ya con la Ley Rider aprobada.
Esta segunda parte deberá incluir en qué tipo de convenios colectivos deben estar encuadrados los riders y, en especial, que condiciones laborales deben tener como asalariados para evitar que sus condiciones sean inferiores a las que tienen actualmente los repartidores que trabajan por cuenta propia.
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