El Senado ha dado el visto bueno definitivo al proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Así, se reservarán concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años.

El objetivo de la ley, que ha recibido 'luz verde' definitiva este miércoles en la Cámara Alta, es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que actualmente sí cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales.

Este es, a su vez, un compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, según recuerda el Departamento que dirige María Jesús Montero.

Las medidas

Entrando en el contenido de la norma, las Administraciones públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y será proceso de concurso-oposición el que dará acceso a estas plazas.

La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración, mientras que la ley fija que los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios.

Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.

Finalmente, y como ha venido contando EL ESPAÑOL-Invertia, solo los interinos que lleven en su plaza de manera ininterrumpida desde antes de 2016 podrán acceder o quedarse su plaza con 'solo' un concurso de méritos. Es decir, que no tendrán que hacer oposición.

Indemnización 

En cambio, todos aquellos que sean interinos desde 2016 no disfrutarán de esta ventaja. Ellos sí tendrán que afrontar una oposición. Con todo, tendrán una valoración en la fase de concurso de un 40% de la puntuación total, y en ella se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate pudiendo no ser eliminatorio el examen que se haga en la oposición. 

Cabe recordar que el personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de veinte días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica.

Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.

Vuelta al juzgado

A pesar de esta aprobación, la cuestión podría terminar en los tribunales. Y eso a pesar de que María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública, ya había defendido en el Congreso que "se ha hecho un trabajo por parte de los grupos políticos que han querido acordar el proyecto de ley de estudio de la jurisprudencia de las sentencias del Tribunal Constitucional para evitar la judicialización".

En este sentido, el temor a la judicialización llega desde los propios sindicatos, que en su momento pactaron otra solución a esta cuestión de la temporalidad en el empleo público con el Gobierno. Más concretamente, cuando Miquel Iceta era ministro de Función Pública.

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