Este lunes 7 de marzo caduca el plazo para que todas las empresas que tienen más de 50 trabajadores en España tengan su correspondiente plan de igualdad. Se trata de una condición obligatoria que, a día de hoy, no cumple el 88% de las compañías que según la Seguridad Social tienen este tamaño de plantilla. Por ello, decenas de miles de ellas se exponen a multas de hasta 225.000 euros. 

Cabe recordar que la igualdad de género en el mercado laboral español sigue siendo una meta lejana de conseguir. Así lo demuestra, por ejemplo, la brecha salarial. Según Comisiones Obreras, los hombres cobran 26.934 euros brutos al año, un 24% más que las mujeres.

La obligación a las empresas de contar con planes de igualdad se ha impuesto para favorecer la reducción de la brecha de género a través de las políticas salariales o de selección de personal. Pero, a pesar de su aplicación progresiva, el sector privado ignora mayoritariamente esta legislación. 

Si a fecha de este 7 de marzo 39.062 empresas (todas las que tienen más de 50 trabajadores) deben tener ya plan de igualdad, solo cumplen este requerimiento 4.700, según ha podido saber EL ESPAÑOL-Invertia. Es decir, que 34.362 empresas no lo hacen.

Con esta cifra en la mano, el avance ha sido muy escaso. Hace justo un año, 3.564 empresas contaban con plan de igualdad, pero solo estaban obligadas a tenerlo las empresas con más de 100 trabajadores.

Sanciones

Todo a pesar de que las sanciones se mueven en horquillas importantes. Las empresas que no cuenten con plan de igualdad están cometiendo una infracción tipificada como muy grave. Esto significa sanciones que van, como mínimo, desde los 7.501 euros a los 225.018, en su grado máximo. 

Sin embargo, según ha podido saber este periódico, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social no tiene prevista una campaña específica para abordar este problema. De hecho, a la hora de decidir si hay sanción o su cuantía, los inspectores decidirán caso por caso. No es lo mismo una empresa que está tramitando o negociando el plan a otra que ni siquiera ha iniciado estos pasos, por ejemplo. 

El real decreto 901/2020, que aprobó el Gobierno de la mano de los ministerios de Trabajo e Igualdad el año pasado, puso orden en los planes de igualdad e impone las características legales y normativas que deben respetar. También cómo se deben negociar y acordar entre empresa y trabajadores, algo que ha generado ciertas tensiones entre patronal y sindicatos.

El ‘aviso’ de que las empresas tienen que pactar y registrar los planes de igualdad data de 2019, que es cuando se aprobó el Real Decreto-Ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad en el empleo. 

Desde 2019

Según precisa el RDL 6/2019, los planes de igualdad contendrán "un conjunto ordenado de medidas evaluables dirigidas a remover los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad efectiva de mujeres y hombres".

"Con carácter previo se elaborará un diagnóstico negociado, en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras", que debe abordar, entre otras cuestiones, el proceso de selección y contratación, las condiciones de trabajo (incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres) y las retribuciones

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