Las empresas pueden obligar a los trabajadores a llevar mascarilla: sanciones e incluso despido para quien no lo haga
Se multiplican las dudas empresariales en los despachos de abogados sobre qué hacer si los clientes no se quieren poner los 'cubrebocas' en los negocios.
21 abril, 2022 02:13Noticias relacionadas
Miércoles atípico para los españoles en estos tiempos de pandemia de Covid-19. Entró en vigor la suspensión del uso obligatorio de mascarillas en interiores, una medida del Gobierno que ha desembocado en numerosas dudas legales por parte de las empresas, que son las que deben decidir si sus trabajadores llevan o no los 'cubrebocas'. Al menos, la ley les respalda para ello. Tienen la capacidad de sancionar, incluso despedir, a sus empleados si están obligados a usar mascarilla y no lo hacen.
Con todo, las propias empresas no tienen clara la situación legal. Por ello, las consultas a los despachos de abogados se han multiplicado este miércoles, según ha podido saber este periódico.
Todo ello por el real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros, que deja en manos de los servicios de prevención laboral de las empresas la decisión sobre las mascarillas, que solo son obligatorias ya en centros sanitarios, sociosanitarios y en medios de transporte colectivos y públicos.
Para el resto, la responsabilidad y la decisión es empresarial. Si bien el Ministerio de Sanidad ha pedido que los trabajadores que traten con personas vulnerables a la Covid hagan un "uso responsable" de la mascarilla, en el resto de los casos da libertad plena a las empresas.
Jorge Sarazá, socio de Laboral del despacho de abogados Ceca Magán, explica que la empresa, si toma la decisión de obligar a sus trabajadores a usar mascarilla, "debe hacerlo basándose en criterios objetivos". Por ejemplo, la distancia entre empleados y con el cliente y las interacciones que se puedan dar.
Condiciones
Sarazá explica que la exigencia de usar mascarilla no requiere que la empresa formule un nuevo reglamento de prevención de riesgos laborales. Simplemente es necesario comunicárselo a los trabajadores "de manera interna. Preferiblemente, por escrito y si es posible con acuse de recibo".
En este caso, no cabe duda de que el empleado está "obligado a cumplir". Si el trabajador no usa la mascarilla como se le exige, la empresa podrá, primero, advertirle. Si reitera en su actitud, podrá ser objeto de sanción..
Si el incumplimiento es "persistente y hay "gravedad" por la constante desobediencia (durante varios días), la empresa podría llegar al extremo de despedirle de manera procedente. Y estaría avalada legalmente. "Sería factible".
Al ser cada empresa la que decide si se tienen que usar los 'cubrebocas' o no, la casuística que se está produciendo es enorme. Mientras en Mercadona la mascarilla es totalmente voluntaria, en el Corte Inglés depende de la función que se ocupen y en cadenas de comida rápida como el Burger King se obliga a su uso.
Con todo, lo que no está claro es qué hacer con el cliente o consumidor, cuando entre en el área física de un negocio. ¿Se le puede obligar a usar mascarilla, al ser la regla de la empresa? No está claro.
"Es muy discutible que a los clientes se les pueda exigir el uso de mascarilla", explica Sarazá. "Estamos cercenando un derecho", alerta.
Con todo, admite que las empresas podrían recurrir al tan popular en hostelería derecho de admisión. Sin embargo,"hay mucha casuística" en este caso, puesto es un derecho que depende las comunidades autónomas. Por ello, su aplicación de manera generalizada "es discutible".
De hecho, los clientes o consumidores solo podrán ser obligados a portar mascarillas cuando se trate de centros sanitarios o sociosanitarios, entre los que se encuentran las farmacias. En residencias de mayores estarán obligados los empleados y los visitantes, pero no los 'clientes' directos. Es decir, los residentes.
Administraciones Públicas
El principio del real decreto también se aplicará de forma plena en las Administraciones Públicas. Según indican fuentes del Ministerio de Hacienda y Función Pública, los funcionarios no estarán obligados a usar mascarillas, o al menos no de forma generalizada.
"Las mascarillas no son obligatorias en los centros de trabajo", indican. Sin embargo, recuerdan que "se recomiendan para personal vulnerable a menos de 1,5 metros".
Así mismo, "los servicios de prevención podrán proponer medidas, incluida la mascarilla, en determinados supuestos en base a una evaluación de riesgos".Es decir, que las direcciones de cada servicio (pongamos la de Inspección de Trabajo y Seguridad Social) tomarán la decisión final.
Mientras, los diferentes órganos han pedido ya a los trabajadores públicos que recurran a las mascarillas de forma voluntaria si atienden a los ciudadanos.
Correo electrónico
"Las Administraciones Públicas, el día 20, amanecieron en líneas generales manteniendo las mascarillas (Seguridad Social, SEPE, comisarías, museos, entre otros), especialmente en los ámbitos de atención al público", informa el sindicato CSIF en un comunicado.
"Desde las direcciones se ha enviado un correo electrónico en el que se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado, como puedan ser las oficinas de atención al ciudadano", añade.
Además, en los centros laborales de las Administraciones Públicas se mantienen las soluciones antisépticas de manos, pantallas, guantes y cubos de desecho en los mismos puntos que hasta ahora.