La Seguridad Social perdió 185.385 afiliados durante el mes de agosto mientras que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ganó 24.826 nuevos parados. Son datos de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social.
Poniendo el foco en el SEPE, conviene recordar que ofrece una serie de ayudas económicas para aquellas personas que se quedan en desempleo. Por ejemplo, para aquellos ciudadanos que tienen entre 30 y 50 años.
Dichas ayudas, para este grupo de edad, son por un montante de 480 euros mensuales (el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). Eso sí, hay que cumplir una serie de requisitos para poder acceder a las mismas.
¿Qué subsidios ofrece el SEPE?
La lista de subsidios por desempleo que ofrece el SEPE, y a la que se pueden acoger personas con entre 30 y 50 años, es variada. Por ejemplo, está el subsidio por insuficiencia de cotización. Es decir, si se ha cotizado menos de un año. Su duración depende del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares.
También está el subsidio de ayuda familiar y cuyos destinatarios son aquellas personas que han agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo. Es decir, lo que popularmente se conoce como el paro. En este caso, la ayuda puede durar hasta 30 meses dependiendo de dos factores: la edad de quien lo solicita y el tiempo de paro que ya ha agotado. Asimismo, el solicitante debe tener cargas familiares.
Luego está el subsidio para mayores de 45 años que, tras agotar la prestación contributiva, siguen sin encontrar trabajo. En este supuesto, el desempleado no debe tener cargas familiares y debe demostrar vulnerabilidad económica. La duración es de seis meses y no se puede solicitar una posterior prórroga.
Otros subsidios se dirigen a personas españolas emigrantes que retornan, por revisión de una incapacidad permanente, o aquel otro dirigido a liberados de prisión.
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Tampoco conviene olvidar la denominada como Renta Activa de Inserción (RAI). Tiene como destino a trabajadores con dificultades para encontrar trabajo: desempleados mayores de 45 años, víctimas de violencia de género, emigrantes retornados o personas con discapacidad siempre y cuando no perciban otro tipo de ayuda o subsidio. Puede cobrarse en hasta tres ocasiones con un máximo de 33 meses.
Por último, el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), por seis meses, sin prórrogas posibles, y para quienes no tienen ingresos y han agotado todas las prestaciones.
¿Cuáles son los requisitos?
Para acceder a estos subsidios de 480 euros (cada uno con unas duraciones determinadas) es condición sine qua non cumplir una serie de requisitos. Requisitos que, básicamente, son idénticos para la gran mayoría de ellos.
Así, las personas que quieran acceder a los mismos deben estar en situación de desempleo, haber agotado la prestación contributiva de desempleo (el paro), y estar inscrito como demandante de empleo mientras que se esté recibiendo la ayuda.
Asimismo, deberán suscribir el denominado como acuerdo de actividad por el que, entre otras circunstancias, no pueden rechazar ofertas o cursos de empleo proporcionados por el SEPE. Por último, sus ingresos mensuales no deben superar el 75% del salario mínimo interprofesional (810 euros mensuales).