El de las amas de casa ha sido uno de los colectivos que más ha permanecido en la sombra durante décadas. Históricamente, miles de mujeres han realizado trabajos de ámbito doméstico a tiempo completo y sin estar dadas de alta en la Seguridad Social. Dada esta situación, las amas de casa no han tenido derecho a recibir ningún tipo de prestación a cambio. Y algunas, incluso, han trabajado años sin recibir remuneración por ello.
Ahora, la situación es muy diferente a la de hace unas décadas. Y es que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece varias ayudas a las que pueden acceder las amas de casa. En la actualidad, este colectivo no cotiza ni a la Seguridad Social ni por desempleo. Por ello, no tienen derecho a ciertas ayudas. Sin embargo, en aquellos casos en los que estas mujeres no dispongan de recursos económicos y cumplan una serie de requisitos, pueden recibir otras pensiones no contributivas.
Hay que tener en cuenta la diferencia que existe entre las amas de casa y las empleadas del hogar. En algunos casos puede llegar a haber confusiones. Y a pesar de ello, la realidad es que existen importantes diferencias. Las amas de casa son aquellas mujeres que ejercen las tareas del hogar sin percibir un salario a cambio. Sin embargo, las empleadas del hogar sí reciben un salario mensual y tienen que estar dadas de alta en la Seguridad Social.
Pero, ¿a qué ayudas pueden acceder las amas de casa en la actualidad? Pues bien, como ya se ha explicado anteriormente, a pesar de que no tienen derecho a ciertas ayudas por no cotizar ni por desempleado ni a la Seguridad Social, este colectivo puede percibir ciertas prestaciones en caso de cumplir una serie de requisitos.
La primera de estas prestaciones es el subsidio para mayores de 52 años. Si la ama de casa no trabaja y no cumple los requisitos, pero sí la edad, podría acceder al subsidio existente para personas mayores de 52 años. Esta prestación tiene una cuantía equivalente al 80% del IPREM, que en la actualidad está fijado en los 480 euros al mes. Este subsidio, además, se percibe hasta que se incorpore al mercado laboral o, por el contrario, hasta que llegue a la jubilación.
Pero no son las únicas características de esta ayuda. Las amas de casa que perciban esta ayuda cotizarán por el 125% de la base mínima. Sin embargo, deben cumplir otros requisitos como, por ejemplo, tener 15 años cotizados a la Seguridad Social, estar en paro e inscrita como demandante y carecer de rentas superiores al 75 % del SMI (salario mínimo interprofesional).
El subsidio para mayores de 52 años no es la única prestación a la que pueden acogerse las amas de casa. También pueden optar al Ingreso Mínimo Vital. Se trata una prestación no contributiva que reciben alrededor de dos millones de personas en España y que está pensada para prevenir el riesgo de pobreza y la exclusión social de personas que viven solas o están integradas en una única unidad de convivencia.
La cantidad a recibir por el Ingreso Mínimo Vital puede varias. En la actualidad, abarca desde los 565,37 euros a los 1.243,83 euros al mes, dependiendo de las características de la unidad familiar.
Pensión contributiva de jubilación e invalidez
Además, las amas de casa que cumplan unos requisitos concretos también pueden solicitar la pensión contributiva de jubilación e invalidez. En este caso, solo podrán acceder a ella aquellas mujeres que no hayan cotizado nunca. Sin embargo, uno de los puntos importantes es que deben acreditar que ha habido una carencia de ingresos.
Actualmente, el límite de renta para poder solicitarla está fijado en los 6.784,54 euros. Si se convive con más familiares, habría que consultar cuáles son los límites establecidos. La cuantía de esta pensión puede variar entre los 6.784,54 euros anuales y los 1.696,14 euros anuales.
Para solicitarla, las interesadas deben acudir a las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, a las de la Seguridad Social o a las del Imserso. También se puede realizar la solicitud a través de la misma página web del IMSERSO.