Varias personas pasean por El Retiro.

Varias personas pasean por El Retiro. Jesús Hellín Europa Press

Empleo Hoy

El complemento de brecha de género subirá al menos otro 10% hasta 2025: así serán los aumentos

El 90,6% de sus beneficiarios son mujeres. El importe de 2024 será de 34,71 euros al mes por cada hijo, hasta un máximo de cuatro.

5 enero, 2024 01:56

Los beneficiarios del complemento de brecha de género en su pensión recibirán este año 34,71 euros mensuales por hijo, hasta un máximo de cuatro descendientes, frente a los 30,40 euros de 2023. El incremento procede del 10% fijo de revalorización de esta prestación, que también se extenderá a 2025, más el 3,8% correspondiente a la actualización de las pensiones con el IPC en 2024.

Este complemento entró en vigor en 2021 y beneficia a las pensiones aprobadas a partir de esa fecha. Su función es reducir la diferencia en la cuantía de las pensiones entre hombres y mujeres. 

Las beneficiarias son, en su mayoría, mujeres, ya que suelen ser las más afectadas en su carrera profesional tras el nacimiento de un hijo. No obstante, los hombres que cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social también pueden solicitar este complemento.

Una mujer pasea con un carrito de bebé.

Una mujer pasea con un carrito de bebé. Jesús Hellín Europa Press

En la reforma de las pensiones de 2023 se estableció un aumento del 10% anual para 2024 y 2025, que se calcula una vez aplicado el porcentaje de subida correspondiente a la inflación. De ahí, que este 2024, a los 30,40 euros mensuales por hijo de 2023 se le haya sumado el 3,8% general para todas las pensiones contributivas, que da una cifra de 31,55 euros, a los que se les agrega ese 10% y ofrece un resultado final redondeado de 34,71 euros.

Para 2025, los perceptores del complemento de brecha de género, que pueden ser tanto mujeres como hombres, tienen ya garantizado que esta ayuda subirá otro 10% sobre el alza del IPC. El Banco de España calcula para este ejercicio una inflación del 3,3%. Con estas estimaciones, el complemento de brecha de género rondará los 40 euros por hijo al mes el año que viene.

90,6% de mujeres

A cierre de 2023, el número de beneficiarios del complemento de brecha de género ascendía a 640.675, según la estadística de la Seguridad Social. El desglose de los datos constata que las perceptoras son casi todas mujeres.

Ellas representan el 90,6% de los beneficiarios y, en términos absolutos, se traduce en 580.091 mujeres con un complemento de brecha de género en su pensión. Los hombres, con 60.584 perceptores, sólo suponen el 9,4% restante.

El importe medio del complemento mensual es de 65,29 euros. La situación más habitual es que los beneficiarios cuenten con dos hijos (47,1%), por lo que reciben 60,8 euros al mes, 30,4 euros por cada uno de ellos. 

La Seguridad Social, en su informe de "Proyecciones del Gasto Público en Pensiones en España", estima que el complemento de brecha de género tendrá un coste de 33,12 millones de euros para 2024 y de 93,27 millones para 2025. Estas estimaciones surgen de un escenario de revalorización de las pensiones de entre el 4,9% y el 3,6% para esos años. Junto con esos porcentajes, hay que tener en cuenta que en los próximos ejercicios el número de pensionistas y, en concreto, de jubilados, irá en aumento con la salida de los babyboomers del mercado laboral.

Solicitud

El complemento de brecha de género se pide en el mismo momento en el que se tramita la solicitud de pensión al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o al Instituto Social de la Marina (ISM), en el caso de los trabajadores del mar. Los trámites se pueden realizar online, si se dispone de cl@ve, DNI electrónico o certificado digital. También puede hacerse a través de la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social.

Los requisitos principales son tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil, estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación (ordinaria o anticipada voluntaria), incapacidad permanente o viudedad.

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El complemento de brecha de género es compatible con otros complementos reconocidos en cualquier régimen de la Seguridad Social y se abonarán en el régimen en el que el beneficiario tenga más periodos de alta. 

Este suplemento sólo se concederá a uno de los dos progenitores. La destinataria inicial suele ser la madre, puesto que su carrera es la que se vio afectada en el pasado por el nacimiento de los hijos. Sin embargo, los padres también pueden solicitarlo, siempre y cuando su vida laboral se viera más perjudicada.

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Si el nacimiento del hijo o los hijos no tuvo ningún impacto en los periodos de cotización ni de reducción de jornada de ninguno de los progenitores, el complemento se adjudicará a la madre. En el caso de que sean dos madres, será para la mujer a la que le corresponda una pensión menor

Los hombres pueden solicitar el complemento si causan una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los descendientes en común, siempre que alguno tenga derecho a la pensión de orfandad. La otra opción es que accedan a una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y su carrera laboral se hubiera visto interrumpida o afectada por el nacimiento o adopción de un hijo.

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Además, a los hombres se les exigen otros requisitos de cotización. Si los hijos nacieron antes del 31 de diciembre de 1994, los solicitantes deberán tener más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a esa fecha.

Si se trata de una adopción antes de esa misma fecha, el padre deberá tener esos más de 120 días sin cotización entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes. Tanto en el supuesto del nacimiento como de la adopción, la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas tendrá que ser inferior a la que le corresponda a la mujer. 

Una familia pasea por El Retiro, en Madrid.

Una familia pasea por El Retiro, en Madrid. Jesús Hellín Europa Press

En el caso de que los descendientes nacieran o fueran adoptados a partir del 1 de enero de 1995, los padres solicitantes del complemento de brecha tendrán que acreditar que la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento o a la resolución judicial por la que se constituye la adopción sea inferior, en más de un 15%, a la de los 24 meses inmediatamente anteriores. Para que se le conceda, se repite de nuevo la obligación de que la pensión reconocida sea inferior a la de la madre.

Además, si el padre se jubila antes que la madre, podrá pedir el complemento hasta que la mujer acceda a su jubilación. Entonces, si la pensión de la progenitora es inferior, el complemento de brecha se le extinguirá al hombre para aplicárselo a la madre. Asimismo, cuando se trate de dos padres, ambos podrán solicitarlo y se le reconocerá al que perciba una pensión de menor cuantía.

Importe

El monto del complemento de brecha de género para este 2024 es de 34,71 euros al mes por cada hijo, hasta un máximo de cuatro. De esta forma, una mujer -puesto que son las principales perceptoras- que tenga dos hijos recibirá cada mes 69,42 euros de complemento, que subirá a 104,13 con tres descendientes. Las madres jubiladas de cuatro o más hijos contarán con un complemento de 138,84 euros al mes en su pensión.

Cada año, el complemento de brecha de género se irá actualizando de acuerdo con la revalorización de las pensiones, es decir, con el IPC. Esta prestación no tiene consideración de ingreso o rendimientos de trabajo, por lo que no computa para pensiones que reciban complementos a mínimos. Asimismo, el complemento se aplica igualmente si la solicitante recibe una pensión máxima. 

Denegación

El derecho al complemento de brecha de género no se le reconocerá al padre o la madre que haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de sus deberes inherentes o dictada en causa criminal o matrimonial.

Los padres condenados por violencia contra la mujer, ejercida sobre la madre, tampoco tendrán derecho al complemento. Del mismo modo, ninguno de los progenitores condenados por ejercer violencia contra sus hijos podrán solicitar el complemento.