Las bajas por no superar el periodo de prueba se han incrementado un 56% desde enero de 2022
El Ministerio de Trabajo, a través de la Inspección, iniciará una campaña para detectar los abusos en ese tiempo de valoración de los empleados.
25 abril, 2024 02:45La Inspección de Trabajo pondrá el foco en los contratos que se extinguen cuando finaliza el periodo de prueba del empleado. Esta práctica de despido se ha extendido y los datos de bajas por este motivo en la Seguridad Social confirman un aumento del 56,65% desde enero de 2022, cuando entró en vigor la reforma laboral, hasta febrero de 2024, último dato disponible.
En enero de 2022, se registraron 44.178 bajas en la Seguridad Social por no superar el periodo de prueba. De esas, 9.762 se correspondían con trabajadores que habían firmado un contrato indefinido y 34.336, con un contrato eventual. También se produjeron otras 80 en las que no consta el tipo de contratación.
Dos años después, con los datos provisionales de febrero, el total de bajas por esa misma razón había ascendido a 69.203. El desglose por tipo de contrato refleja que 50.564 eran trabajadores con una relación laboral indefinida que no habían superado el periodo de prueba y otros 18.472 de trabajadores con contratos temporales. A esos se suman 167 despidos en los que no consta el tipo de contrato, según la estadística de la Seguridad Social.
Así, en sólo dos ejercicios, las bajas por no superar el periodo de prueba en el caso de los contratos indefinidos se dispararon un 417,97%. Por el contrario, en el caso de los contratos eventuales, esta práctica se contrajo un 46,20%.
Esta situación no pasa inadvertida para los sindicatos. Tanto UGT como CCOO llevan meses observando esa tendencia ascendente y valoran la actuación de la Inspección de Trabajo para acabar con posibles irregularidades.
La secretaria confederal de UGT, Patricia Ruiz, no descarta que ese aumento de los despidos tras el periodo de prueba esté "enmascarando un posible fraude" por parte de algunas empresas y anima a la Inspección a averiguar "a qué se debe". Desde CCOO, su secretaria confederal de Acción Sindical, Mari Cruz Vicente, también apunta a que se esté recurriendo a "subterfugios para la contratación temporal a través del periodo de prueba".
No obstante, las dos sindicalistas insisten en que si bien ha aumentado el número de trabajadores despedidos tras concluir su periodo de prueba, también se han incrementado los contratos y, en concreto, los indefinidos. Entre enero y febrero de 2022, el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) sólo contabilizó 555.513 contratos indefinidos; en los dos primeros meses de 2024, esa cifra había ascendido hasta 1.030.067, un 85,43% más en dos años.
"Una de las causas es que hay más contratos indefinidos, han crecido, pero si miramos con el total de contratos indefinidos que hay hoy y que había antes de la reforma, no es tan desproporcionado", sostiene Ruiz, de UGT, en declaraciones a EL ESPAÑOL-Invertia.
Además, también da otras razones como que las empresas "estén utilizando el periodo de prueba falsificando la temporalidad" o que estén contratando a una persona en periodo de prueba para realizar las mismas actividades que ya desempeñó con anterioridad. "Animamos a la Inspección a ver en qué medida ese aumento responde a un fraude en la contratación", añade.
Vicente también recomienda analizar ese incremento de los despidos dentro de un contexto en el que se ha expandido la contratación. "Estamos hablando de un porcentaje importante (de despidos por no superar el periodo de prueba), pero eso no resta ninguna importancia a la reforma laboral", defiende Vicente, en declaraciones a EL ESPAÑOL-Invertia.
La secretaria confederal de Acción Sindical de CCOO recalca, además, que pese al crecimiento de los despidos por no superar el periodo de prueba, la tónica es la contraria. El dato lo ha dado este miércoles el Ministerio de Trabajo, que ha recordado que hay 3 millones de indefinidos más con la reforma laboral y el 91% de ellos ha superado esa etapa de valoración.
Denunciar
El Ministerio de Trabajo y Economía Social recordó este martes, tras anunciar estas nuevas acciones de la Inspección, el régimen normativo del periodo de prueba, recogido en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.
La duración máxima de este tiempo de valoración de las aptitudes de un nuevo empleado es de seis meses en el caso de los titulados y de dos si carecen de titulación. Además, en las empresas con menos de 25 trabajadores será de tres meses, a excepción de los titulados.
Si el contrato es de seis meses o menos, el periodo de prueba no podrá durar más de un mes. Asimismo, si la persona trabajadora ya desempeñó esas mismas funciones con anterioridad no tendrá que someterse de nuevo a un periodo de prueba.
Los sindicatos recomiendan a los trabajadores despedidos tras concluir ese periodo de prueba que denuncien. Ruiz anima a los afectados por esas situaciones a que denuncien, ya sea ante la Inspección de Trabajo, los juzgados o sus representantes sindicales.
"Si se demuestra que ya había hecho esas actividades o es un periodo de prueba que no se ajusta, puede tener recorrido", asegura.
Vicente agrega que en el despido por no superar el periodo de prueba "tiene que haber una causa justificada de por qué no se ha superado". Si esa explicación no se ajusta a la realidad, el trabajador podría denunciar a la empresa por despido improcedente.